martes, 7 de diciembre de 2010

UN SIMPLE DESEO

Finaliza el 2010 y llega el tiempo de los buenos deseos. Llega la concluyente etapa de un año más. El 2010, año de celebraciones, de recordar nuestra independencia y nuestra revolución, solo ha generado incógnitas, pero una muy importante ¿ahora qué? Y llegan las buenas intenciones y la nostalgia.

Pero no es tiempo de nostalgia ó de reclamos. Es momento de evaluar y redefinir lo que queremos hacer y ser. Quizás cometimos errores, pecados, y sufrimos el precio de esos actos; pero a su vez, contamos con alegrías, satisfacciones y recompensas, que degustamos con los seres queridos. Y todo ello, debe servir para trazar la línea de continuidad ó de cambio a nuestra vida diaria.

Es por ello, que se aprovecha para realizar una invitación. Redoblar esfuerzos, definir nuevos propósitos, buscar la sabiduría, y aferrarse a la vida. Quizás suene algo normal ó “cursi”, pero el hombre que no busca la felicidad, se hunde en la amargura y en la soledad. El hombre que es feliz, gana, comparte y es mejor ser humano.
Si hay algo que se les pude pedir, ó invocar un simple deseo, este sería muy simple. No se les pide ser más ricos, ó tener más propiedades, incluso no pedir que tengan salud. Solo podría pedirse que sean más felices de lo que fueron este año.

Con sinceridad y afecto.

M.C.P. José Manuel Tinoco Reyes
Profesor CBTis 76

--- AVISO ---

A LOS ALUMNOS DE QUINTO SEMESTRE (F,G,H,I) SE LES NOTIFICA QUE EL JUEVES 9 DE DICIEMBRE SE PUBLICARÁN LAS CALIFICACIONES (PARCIALES Y PROMEDIOS) EN EL AULA 3 A PARTIR DE LAS 9:00 A.M.
LOS TRABAJOS SERÁN ENTREGADOS A PARTIR DE ESE DÍA HASTA VIERNES 10 A LAS 15:00 HRS. EN LA SALA DE MAESTROS.

viernes, 26 de noviembre de 2010

AVISO SOBRE PARA LA PRACTICA FINAL

EN ESTE ESPACIO LOS ALUMNOS DE 5° "F", "G", "H" , "I" PODRÁN REALIZAR CUESTIONES SOBRE SU PRACTICA FINAL Y SER RESPONDIDAS POR ESTE MEDIO Ó SI LO DESEAN, ANOTEN SU CORREO ELECTRONICO PARA DAR RESPUESTA POR ESE MEDIO.
SUERTE

ULTIMA ACTIVIDAD

Alumnos de 5° "G" en este espacio deberán plasmar una evaluación de los impuestos vistos en el curso de Contribuciones de Personas Físicas. Así mismo una autoevaluación de su desempeño como estudiantes, del curso y del profesor.
Saludos

COMENTARIOS DE CONCLUSIÓN

Alumnos de 5° "F" e "I". En este espacio deberán colocar su opinión personal sobre el curso de Contribuciones de Personas Morales. Es dicho comentario, señalar la utilidad, defectos sobre los temas, el profesor y sobre todo una autoevaluación sobre su desempeño como estudiantes.

Saludos

TEMA DE CONCLUSIÓN

Alumnos del 5° "H" nos encontramos en la recta final del semestre de Contribuciones de Personas Morales. Para concluir este semestre, se les solicita que en este espacio, dispongan de un breve resumen de lo aprendido, que utilidad le encuentran a los conocimientos del semestre y finalmente una evaluación de las clases (tanto propias como del profesor).
Saludos.

martes, 16 de noviembre de 2010

IMPUESTO ESPECIAL A TASA ÚNICA

ALUMNOS DE 5° "I"



El impuesto especial a tasa única entra en vigor el primero de enero del 2008, es una de las reformas fiscales más importantes de los últimos años. El IETU es un impuesto de control del ISR, ya que es el mínimo a pagar en relación con el ISR propio, es decir, se pagará siempre que exceda al ISR y cuando no se cause este último impuesto. No se pagará cuando sea menor que el ISR propio. Este nuevo impuesto gravará a las personas físicas y morales residentes en territorio nacional, así como a los residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país, que realicen las actividades siguientes:
1. Enajenación de bienes
2. Prestación de servicios independientes
3. Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.
El IETU está basado en un esquema de flujo de efectivo, es decir, los ingresos gravados se obtendrán hasta que se cobre efectivamente el precio o la contraprestación pactada y las deducciones autorizadas se efectuarán hasta que se originen efectivamente. Además la ley del IETU considerará un número limitado de deducciones para obtener la base gravable de dicho impuesto, por lo que la citada base será más amplia que la del ISR. El IETU no permitirá aplicar estímulos, ni otros beneficios fiscales contra dicho gravamen.
La tasa del IETU será del 17.5% a partir del ejercicio 2010. Del 17% para el ejercicio 2009. La declaración anual de este impuesto se tendrá que presentar en marzo de 2009, junto con el cálculo anual del impuesto sobre la renta.









Pagos provisionales del IETU
Son los pagos mensuales que las personas morales deberán calcular y enterar a cuenta del IETU del ejercicio mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas en el mismo plazo establecido para la presentación de la declaración de los pagos provisionales del ISR.
El plazo para enterar estos anticipos será a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquel al que corresponda el pago. Las personas morales podrán acreditar el pago anual contra el ISR siempre y cuando el IETU sea menor al monto de la contribución para pagar el ISR. El IETU podrá acreditarse contra el ISR en el pago provisional, siempre y cuando el IETU sea mayor al ISR. El pago provisional del IETU se determina de la siguiente manera:


miércoles, 3 de noviembre de 2010

CUADRO IETU VS ISR

Para los alumnos de 5° "F", este es el espacio para subir su actividad correspondiente.

viernes, 22 de octubre de 2010

PRACTICA INTEGRAL 1

Para alumnos de 5° "G". (Ejercicio tipo examen)


Calcule el ISR anual de los siguientes casos.

El Lic. Gustavo Petriccioli realizó varios litigios para diversos clientes. Al finalizar el año 2010, sus ingresos por honorarios fueron de $650,000.°°, así mismo vendió un automóvil por un monto de $93,000.°° y tuvo gastos dentales por $40,000.°°

El Prof. Gualberto Velazco, obtuvo $106,000.°° de ingresos por sueldos y salarios de la escuela “Patria y Libertad”; y por la escuela “Antonio Caso” $356,000.°°, durante el año 2009 tuvo que pagar la operación de su hija por $36,000.°°y pago los gastos funerarios de su madre por $40,000.°°

El Señor Pedro Ventura se dedica a la renta de locales para negocio. Durante el año 2009, por el 3 locales recibió $44,000°° c/u, por 6 locales $130,000.° y por 9 locales $77,000.°° c/u. durante el año 2008 tuvo ISR a favor por un total de $76,000.°°

Don Ernesto ururchurtu, tiene una papelería. Sus ingresos al finalizar el 2009 son de $689,500°°; también posee unas cabezas de ganado que le dieron una ganancia de $128,000.°°, durante el año vendió un automóvil por $78,000.°° y tuvo gastos dentales por $43,000.°°

miércoles, 20 de octubre de 2010

PROBLEMATICA

Para alumnos de 5º "F"
México es un país que posee la mayor cantidad de impuestos en América Latina. Y, a su vez, el que mayor rango de incumplimiento fiscal (por el comercio informal).
Redacta una propósito o propuesta de como mejorar la situación tributaria de manera equitativa, para mejopr bienestar de la sociedad.

TEMA A DISCUTIR

Para alumnos de 5º "H"
La utilidad de los impuestos en México, obedece a que el Estado pueda hacerse de recursos económicos, que tranforma en recursos de bienestar social (carreteras, seguridad, et.)
Si el Estado decide crear más impuestos ó aumentar las tasas de los impuestos, es logico predisponer que habrá mayor bienestar social reflejado en obras públicas.
¿Crees que esa lógica se aplica?
¿Podrías proponer una mejor forma de compensar las necesidades sociales?

martes, 19 de octubre de 2010

CUESTION 2.2

Para alumnos de 5° I
El ISR surge para gravar la riqueza de las personas morales emanadas del giro de la actividad económica. EL IVA surge para gravar las actividades en las que interviene el uso, goce temporal de bienes y servicios, por ello, es un impuesto que "grava todo".
A través de los años, estos impuestos han sido objeto de propuestas con fines electorales (recuerden los videos de la actividad anterior) y generalmente han subido la tasa de los impuestos (de 28% a 30% y de 11% a 15% y a 16%).
¿Consideras que estos cambios son pertinentes para los contribuyentes? ¿Debe el Estado subir ó bajar las tasas de estos impuestos? ¿Una solución sería crear nuevos impuestos? ¿Tendrías alguna propuesta al respecto?

DEBATE 2.2

Para alumnos de 5° G
1. ¿Qué opinión tienes de las figuras de las personas físicas para el pagor de ISR?
2. ¿Consideras justo que las personas físicas tengan tantas opciones (según su régimen) para pagar el ISR?
3. Si tuvieras una propuesta para la tributación de personas físicas ¿cuál sería?

lunes, 11 de octubre de 2010

Ejercicio de Personas Físicas

Para Alumnos de 5° G


El Lic. Juan José Martínez Villa se dedica al litigio de casos de orden fiscal. Durante el año 2009 sus ingresos fueron los siguientes:
Enero: $36,000
Febrero $24,500
Marzo $39,000
Abril $19,000
Mayo $12,900
Junio $13,400
Julio $22,900
Agosto $19,300
Septiembre $18,890
Octubre $17,765
Noviembre $12,300
Diciembre $19,700

En los meses abril a julio otorgo donaciones a varias casas de huérfanos, dando un total de $79,000 por todas las donaciones.

Laboró para la empresa “Toficos” S.A., la cual le entregó una PTU de $44,000 en el mes de diciembre, y le retuvo un ISR de $12,000 en octubre, $19,000 noviembre $14,000 y diciembre $19,200

**Calcule el ISR provisional de forma bimestral.
**Calcule el ISR anual.

martes, 5 de octubre de 2010

TEMA DE DEBATE

Estimados alumnos de 5° E, F, G, H, I. Les solicito que visiten las siguientes páginas y que vean los videos que ahí se presentan´. Quizás les de un momento de risa, pero son cuestiones apegadas a la situación del contribuyente en relación a las reglas de Hacienda. Al finaliza suban su comentario al blog anotando su nombre y grupo.

http://www.youtube.com/watch?v=hAza7XTcpB8
http://www.youtube.com/watch?v=kYYru_cM8YM&feature=related

EJERCICIO 1 (Segundo Periodo)

ALUMNO:______________________________________________________________
Grupo: 5° I (Contabilidad)

La empresa “Dampex” S.A. presenta la siguiente información correspondiente al año 2009.
• La empresa obtuvo $1´936,200.00 de ganancias por concepto de ventas
• El costo de venta fue de $134,902.50
• La empresa aumentó las aportaciones al SAR de los trabajadores por $19,000.00
• La empresa había otorgado un préstamo de $90,000.00 al señor Urrutia, el cual falleció a los 3 meses de contratar la deuda y solo habiendo pagado el 45% de la misma.
• La empresa realiza una inversión de forma temporal de $43,000.00 a la empresa “Patas pa´Arriba” S.A, la cual le otorga un rendimiento del 5% sobre el capital aportado.
• Se contratan los servicios de “López & Jiménez” Cia, para determinar el margen de utilidad y elaborar la información financiera del periodo. Sus honorarios fueron de $15,000.00
• Durante el ejercicio, en el mes de agosto se reporto un pérdida fiscal por $22,000.00
• La empresa debió declarar el 31 de marzo de 2010, por razones administrativas, la empresa efectúa el pago el 2 de junio del mismo 2010.

Se pide:
a) Calculo anual del ISR a pagar en 2010
b) Calcular el monto de los recargos, la actualización y la multa correspondiente.

lunes, 4 de octubre de 2010

PROMEDIOS DE PARCIAL 1





CALCULAR CONTRIBUCIONES DE PERSONAS MORALES

5° F Alumnos aprobados: 35 (83%) Promedio del examen: 6.1
Alumnos reprobados: 7 (17%) Promedio del parcial:
6.5


5° H Alumnos aprobados: 42 (95%) Promedio del examen: 5.8
Alumnos reprobados: 2 (5%) Promedio del parcial: 7.1

5° I Alumnos aprobados: 40 (95.2%) Promedio del examen: 5.2
Alumnos reprobados: 2 (4.8%) Promedio del parcial: 7.2



CALCULAR CONTRIBUCIONES DE PERSONAS FÍSICAS




5° G Alumnos apribados 23 (58%) Promedio del examen: 5.3
Alumnos reprobados: 17 (38%) Promedio del parcial: 6.1


EJERCICIO DE ISR PARA PERSONAS FÍSICAS

PRACTICA 2.1. DE P.F. (Para alumnos de 5° G)


INSTRUCCIONES. Con el siguiente listado de trabajadores, determina para cada uno el ISR que se le debe retener en cada pago provisional correspondiente al año 2010 (de enero a septiembre).

  • Abundes Orozco. De enero a julio ganaba $51.00 por hora. Agosto y septiembre se le incrementó su sueldo un 30%
  • Bolaños Cacho. De enero a marzo ganaba $45.00 por hora. De abril a septiembre su sueldo se incrementó 12% cada mes.
  • Del Valle Gil. De enero a septiembre ganaba $71.00 por hora. Febrero, mayo y julio cobraba $12.00 sobre su sueldo por premio de puntualidad, mientas que los demás meses cobraba $30.00 más por despensa.
  • Espinoza Cruz. Los meses de enero, abril, mayo y septiembre elaboraba 300 piezas, los demás meses 245. Este trabajador ganaba $12.00 por cada producto elaborado al mes.
  • Ferrozo Murilo. Cobraba $112.00 cada hora en su trabajo. Se le descontaron $12.00 los meses de agosto a septiembre por faltas y los demás meses, le dieron $6.00 más por premio.


Nota. Todos los trabajadores laboran 40 horas a la semana.

jueves, 30 de septiembre de 2010

EJERCICIO DE ISR PARA PERSONAS MORALES

EJERCICIO PARA LOS ALUMNOS DE 5° F, H, I


“MAPED & VISOP” S.A. DE C.V.
Comercializadora de artículos diversos

INFORMACIÓN FINCIERA DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2009
ACTIVOS
Caja $19,000
Bancos $2´933,200
Clientes $49,200
Documentos $34,000
Deudores div. $ 19,600
Almacén $139,050
Terreno $112,150
Edificio $119,000
Epo. Transporte $97,000
Epo. Computo $90,000
Mobiliario $85,000 Total Activo: $3´697,200

PASIVOS
Proveedores $156,900
Acreedores $193,400
Doc. Por Pagar $112,800 Total Pasivo: $463,100

CAPITAL
Capital Social $1´956,000
Reserva Legal $870,000
Utilidad 2009 $408,100 Total Capital: $3´234,100

ACTIVIDADES
1. Se realizan las siguientes compras de mercancías en el periodo
• 6 fueron a crédito. El 50% al momento y el resto a 6 meses. 300 unidades de β, © y µ
• 9 fueron de contado. 350 unidades de @, ¥ y π
2. Se venden mercancías de la siguiente manera en el periodo
• 12 fueron de contado. 1000 unidades de @, ¥ y π
• 6 fueron a crédito. El 80% al momento y el resto a 9 mees. 1100 unidades de de β, © y µ
3. Se otorga un préstamo bancario de contado a la empresa por $600,000
4. Se otorga un préstamo a la empresa por $400,000 a pagar en 6 meses con un interés mensual del 3%
5. Se otorga préstamo a los señores López Jiménez, Sánchez Arce, Pérez Aragón y García Becerra de $3,500 a cada uno.
6. Los clientes pagan el 30% de sus deudas
7. La empresa cobra el 40% de los documentos que le corresponde cobrar
8. Se firma documento por préstamo de $70,000 a pagar en un año con un interés del 2% anual.

DATOS
Año: 2010
Procedimiento: P.E.P.S.
Políticas: La empresa incrementa el precio de venta un 30%
Inventario 2009
• 100 unidades de β a $120 c/u
• 150 unidades de @ a $130 c/u
• 300 unidades de © a $125 c/u
• 250 unidades de µ a $135 c/u
• 150 unidades de ¥ a $115 c/u
• 150 unidades de π a $127 c/u
Se pide:
• Tarjetas de almacén
• Registro en diario y mayor
• Balance y estado de resultados
• Costo de venta
• Calculo del ISR

miércoles, 22 de septiembre de 2010

ISR PARA PERSONAS MORALES

El Impuesto Sobre la Renta (ISR) es uno de los más importantes impuestos de nuestro país en cuanto a recaudación de refiere de ahí la enorme trascendencia de conocerlo, interpretarlos y aplicarlo correctamente, ya que el debido conocimiento de la ley que lo contempla se convierte en una necesidad imperiosa para los encargados de determinar el resultado de los gravámenes.

Las personas morales tienen obligación de determinar y pagar el ISR del ejercicio correspondiente, el cual se obtiene cuando se aplica la tasa impositiva del 30% al resultado fiscal. Esta obligación se cubrirá mediante una declaración anual, misma que se presentará dentro de los tres meses siguientes a la fecha que termine el ejercicio.

Resultado fiscal de las personas morales
Es el resultado de disminuir a los ingresos acumulables, las deducciones autorizadas por el periodo que comprende el ejercicio fiscal de las personas morales, que de ser positivo podría generar el pago de un impuesto y, de ser negativo, producirá el derecho de disminuir la pérdida fiscal contra utilidades posteriores.

Si al disminuir las deducciones autorizadas de los ingresos acumulables se obtienen una utilidad fiscal (resultado positivo), se le restarán a ésta, en su caso la PTU pagada en el ejercicio y las pérdidas fiscales pendientes de amortizar de ejercicios anteriores actualizadas.

Determinación de recargos y actualización.
Cuando el contribuyente no entera el impuesto a su cargo en los tiempos establecidos , se hace acreedor a una sanción. Debe actualizar el monto del impuesto, ya que esta fuera de tiempo, y el impuesto calculado ya no refleja la cantidad a pagar. El recargo es la sanción en sí, que sumada a la actualización obtiene la cantidad a pagar por parte del contribuyente.

Calculo de Recargos
El recargo se calculará sumando 1.13% cada mes de manera acumulativa desde el mes en que debió efectuarse l pago hasta el mes en que se pagó.
Determinación de Pagos Provisionales de ISR
Los pagos provisionales de ISR son los pagos mensuales que las personas morales deberán calcular y enterar a cuenta del impuesto del ejercicio. El plazo para enterar estos pagos será a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquel al que corresponda el pago. Para determinar los pagos provisionales es necesario obtener un coeficiente de utilidad en cualquier de los 12 meses de los últimos cinco años, considerando el mes más reciente de ellos. Las personas morales podrán acreditar contra el impuesto determinado en el periodo. El coeficiente de utilidad se calculará hasta al diezmilésimo. Durante el ejercicio de 2010, la tasa que se empleará para calcular los pagos provisionales será del 30%

Coeficiente de Utilidad
Para determinar el coeficiente de utilidad, deberá determinarse la utilidad fiscal, sumar las deducciones inmediatas del Artículo 220 de la LISR y dividirlos entre los ingresos nominales

Deducciones autorizadas para ISR
El ISR permite realizar deducciones (descuentos) para poder disminuir el monto del impuesto a pagar. Esta dádiva no es una cuestión de oportunidad o reconocimiento a una labor comercial sino una cuestión de ley establecida en la ley del ISR.
Art. 29 ISR. Los contribuyentes podrán efectuar las deducciones siguientes:
I. Las devoluciones que se reciban o los descuentos o bonificaciones que se hagan en el ejercicio.
II. El costo de lo vendido.
III. Los gastos netos de descuentos, bonificaciones o devoluciones.
IV. Las inversiones.
V. Las donaciones a instituciones de bienestar social o de beneficio colectivo que no busque interés o ganancia por el acto, y que emita comprobante fiscal con los requisitos establecidos en la ley.
VI. Los créditos incobrables y las pérdidas por caso fortuito, fuerza mayor o por enajenación de bienes.
VII. Las aportaciones efectuadas para la creación o incremento de reservas para fondos de pensiones o jubilaciones del personal.
VIII. Las cuotas pagadas por los patrones al Instituto Mexicano del Seguro Social, incluso cuando éstas sean a cargo de los trabajadores.
IX. Los intereses devengados a cargo en el ejercicio
X. El ajuste anual por inflación que resulte deducible en los términos del artículo 46 de esta Ley.
XI. Los anticipos y los rendimientos que paguen las sociedades cooperativas de producción, así como los anticipos que entreguen las sociedades y asociaciones civiles a sus miembros.

Ajuste anual por inflación
Es la cantidad que deberán acumular las empresas a sus demás ingresos del ejercicio con el fin de poder deducirlo para causa del ISR y se obtiene de multiplicar el factor de ajuste anual por la diferencia entre el saldo promedio anual de las deudas y el saldo promedio anual de los créditos, cuando el primero sea mayor.

ISR PARA PERSONAS FISICAS

Determinación del ISR a retener a trabajadores por ingresos por salarios
El patrón que paga salarios a sus trabajadores está obligado a calcular el ISR que generen los
ingresos que perciban. Por ello, en el cálculo del ISR a los trabajadores se pueden obtener dos
resultados siguientes:
1. Impuesto Sobre la Renta a retener
2. Importe por devolver en efectivo por concepto del subsidio para el empleo
Para calcular el ISR a los trabajadores, se deben tomar en cuenta los artículos 113 de la LISR para determinar el impuesto y el artículo 8 del decreto 1º./X/2007, para determinar el subsidio al empleo. Para determinar el ISR correspondiente a un salario determinado se debe seguir el
siguiente esquema:
Ingresos obtenidos en el mes por salarios
Menos: Impuesto local a los ingresos por salarios que, en su caso, haya retenido el empleador en el mes, siempre que la tasa de dicho impuesto no exceda del 5%
Igual a: Base gravable
Menos: Límite inferior de la tarifa del enciso “e” de la Fracción I del Art. 2 de las disposiciones generales de la LISR
Igual a: Excedente sobre el límite inferior
Por: Porciento aplicable sobre el excedente del límite inferior
Igual a: Impuesto marginal
Mas: Cuota fija
Igual a: Impuesto
Art. 113 de la LISR
Quienes hagan pagos por los conceptos a que se refiere este capítulo están obligados a efectuar retenciones y enteros mensuales que tendrán el carácter de pagos provisionales a cuenta del impuesto anual. No se efectuara retención a las personas que en el mes correspondiente únicamente perciban un salario mínimo general correspondiente al área geográfica del contribuyente. La retención de calculará aplicando a la totalidad de los ingresos obtenidos en un mes de calendario según tabla correspondiente.
Artículo 2º Transitorio de ISR para 2010
Para los efectos de lo dispuesto en esta ley del Impuesto Sobre la Renta y del Artículo 113 de la misma, se calculara el impuesto correspondiente conforme al decreto 1º./X/2007 y publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF 7/XII/2009), para los ejercicios fiscales de 2010, 2011, y 2012.

Artículo 8° Transitorio del ISR
Se otrogara el subsidio al empleo en los términos de los contribuyentes que perciban ingresos a los que se refiere el párrafo I de la Fracción I del Artículo 110 de la LISR y en los términos del artículo 113 de la LISR.

viernes, 17 de septiembre de 2010

CALENDARIO DEL PRIMER PARCIAL

PERSONAS MORALES

5° F Viernes 24 de septiembre de 9:30-11:10
5° H Jueves 23 de septiembre de 9:30 -11:10
5° I Lunes 27 de septiembre de 7:00 - 8:40

PERSONAS FÍSICAS

5° G Jueves 23 de septiembre de 7:00-8:40

lunes, 13 de septiembre de 2010

MÉXICO ¡VIVE!

Lo que parecía tardar una eternidad, ya llegó. Después de años de crisis, temblores y demás plagas lastimeras a la vida nacional México llega al segundo centenario de su vida independiente. Es algo que para muchos parecía lejano, y que muchos esperaban con interés para ver la majestuosidad de la celebración.

En 1910, el gobierno utilizó las fiestas del centenario de la Independencia para mostrar al mundo entero su increíble progreso, material, estructural, económico, industrial, incluso cultural y político. Lo “Mexicano” fue la bandera que blandió el gobierno, con el fin de consolidar la cultura del Sistema, y convencer a las naciones poderosas que un nuevo gigante emergía de las cenizas del beligerante siglo XIX, para coronarse como el ejemplo y utopía de sociedad del naciente siglo XX.

Hoy, en este 2010, ¿cómo se levanta México ante las naciones? ¿Somos un país mejor o peor que el de 1910? Somos un país diferente en unos casos, y en otros no. México goza hoy de una alternancia política, una división de poderes muy marcada, una sociedad que recuerda sus raíces pero que posee una identidad mutada de la embestida de nuestro vecino del norte. México sigue igual, en cuestión de inseguridad, de violencia, quizás en mayor grado que en 1810 y 1910; con un futuro incierto, y con las promesas pendientes de justicia y libertad. Los españoles feudales ahora son caciques en los Estados, los indígenas marginados ahora son trabajadores explotados o personas postradas en el comercio informal. Las cortes de criollos y españoles sordos a los reclamos del pueblo, se hacen llamar ahora Diputados o representantes del pueblo. Pero lo que más falta son los Hombres de Estado.

Hidalgo, prócer del movimiento independiente, tuvo una visión de justicia, y la capacidad de identificar la opresión. Las instrucciones recibidas del seminario como hombre devoto de Dios, le brindó la humildad y el conocimiento. Morelos, gran estratega militar, fue el primer hombre de Estado de nuestro país, con un conocimiento de nación y de garantías y derechos, igualmente, “Sentimientos de una Nación” emanados de la cultura sacerdotal y religiosa de su formación. Estos dos hombres, poseían además una cultura, una moral y una ética Nacional, una visión de futuro, y paradójicamente, un futuro que no llegarían a ver.

Ahora, en el 2010, quienes pueden hacerse llamar Hombres de Estado. Estos individuos no ven el beneficio de los partidos o agrupaciones políticas a las que pertenecen, ven el bienestar del país a costa de sus creencias, de sus amigos, de sus partidos. Los Hombres de Estado anteponen el cumplimiento del deber a la permanencia del poder, prefieren garantizar un bienestar nacional a las míseras dadivas por recibir votos.

¡México Vive! A pesar del dolor, de la humillación, de la crisis, de la sangre, de la consternación, la corrupción, y de todo mal atacante a la santa vida del ser humano; ¡México Vive! Ese el grito de verdadera libertad, el grito que cada ciudadano, que cada niño, joven, adulto, debe dar, ¡Vivimos! ¡Viviremos! No importa los embates del mal, no importa la incompetencia de las autoridades, y demás prisiones que la pasividad y el conformismo ha generado.

Mostremos al mundo nuestra dignidad, nuestra unidad, nuestra cultura, somos mejores que cualquiera, y en la historia lo hemos demostrado, por la gracia de Dios y la buena voluntad de cada uno de nosotros, ¡MEXICO VIVE!

viernes, 10 de septiembre de 2010

PROBLEMATICA 3


Para los alumnos de 5° H


EMPRESA: “Cervantes y Paulino” S.A. Comercializadora de bienes y servicios.

VENTAS:
• Venta del mes de enero: $400,000.00
• Venta del mes de febrero: $500,800.00
• Veta del mes de marzo: $190,670.00
• Venta del mes de abril: $400,800.00
• Venta del mes de mayo: $123,890.00
• Venta de marzo a junio: $925,200.50
• Venta del mes de julio: $392,800.00
• Venta de agosto a septiembre: $642,900.80
• Venta de octubre y noviembre: $722,000.00
• Venta del mes de diciembre: $1´200,000.00

OTROS DATOS:
• Las políticas de la empresa señalan que cada mes del año adquieren $120,000.00 de mercancías.
• Los gastos fueron de $131,460.00 de enero a marzo; de los mese de abril a agosto, los gastos fueron de $166,000.00; de de septiembre a diciembre los gastos fueron de $192,000.00
• La empresa tuvo devoluciones sobre compra en los meses de abril (77,000), julio (13,000) y septiembre (66,000).
• En el mes de julio y octubre, solo se compraron en mercancías $77,000.00
• En mayo, septiembre, y noviembre, se dieron devoluciones sobre venta por $42,000.00 cada mes.
• En diciembre se dan rebajas sobre venta del 4% y sobre compra del 5%

SE PIDE:
• Calcular el ISR provisional y anual
• Elaborar Estado de Resultados por periodo provisional y anual.
• Comentar en el Blog las observaciones

sábado, 4 de septiembre de 2010

CUESTION 2

PARA LOS ALUMNOS DEL 5° G

¿Cómo consideras las medidas del estado para dar bienestar a través de las consesiones a los particulares?

PROBLEMATCICA 2

PARA LOS ALUMNOS DE 5° H

¿Realmente el comercio informal es un delito y un mal para la economía del país?
¿por qué?
¿Cómo lo solucionarias?

DEBATE 2

PARA LOS ALUMNOS DE 5° F

¿Cómo consideras que las Grandes Empresas tengan ciertos privilegios sobre otras entidades económicas?
¿Cómo solucionarias este asunto?

jueves, 2 de septiembre de 2010

CUESTION 2

PARA LOS ALUMNOS DE 5° G

¿Como consideras es respeto a las Instituciones?
¿Las instituciones (en cualquier orden de poder) merecen el respeto o deben ganarselo?
Si se pudiera, ¿qué propondrías a la Intitucion Escolar para que se hiciera merecedora del respeto de la población escolar?

miércoles, 1 de septiembre de 2010

PROBLEMATICA 1

PARA ALUMNOS DEL 5° "H"

¿Consideran que la autoridad realiza sus funciones de equilibrio entre derecho y obligación como debe?

¿Podría proponer un mecanismo u opción para mejorar el actuar de la autoridad?

Como estudiante ¿consideras que hay un equilibrio de derecho y obligación en las escuelas?

martes, 31 de agosto de 2010

EJERCICIO 1. Para 5° I

Con los siguientes datos registra en diario y mayor las siguientes actividades. Posteriormente elabora el Edo. Resultados y el Balance a fecha del 31-12-09.
Elabora dos balances, uno donde aparezcan los impuestos por pagar y otro donde ya se pagaron los impuestos.


La Empresa “Poll – Mc-Karty” S.A. le presenta la siguiente información:
• Saldo en la cuenta de caja por $5,000.°°
• Saldo en la cuenta bancaria por $293,4000.°°
• Las cuentas por cobrar tienen un total global de $43,000.°°
• Los activos fijos suman $4´936,143.°°
• Los pasivos tienen un saldo de $119,356.°°
• El capital social es de $5´158,187.°°

1. La empresa adquiere un equipo de cómputo por $9,159.94 (IVA incluido)
2. La empresa adquiere $55,000.°° en mercancías, pagando el 50% de inmediato y el resto en actividades posteriores. El IVA queda pendiente hasta el último pago. El precio unitario es de 183.00 por pieza)
3. Se venden 200 piezas, elevando el precio de venta en un 56%
4. Se realizan gastos de operación por $6,000.°°
5. Se recibe préstamo bancario por $300,000.°°
6. La empresa finaliza los pagos de la compra de materiales.
7. Por concepto de recuperación, la empresa vende el resto de los materiales aumentando su precio esta vez un 70%
8. El contador determina que el ISR a pagar es de $37,000.°°
9. Se registra la determinación del IVA a pagar y se pagan los impuestos.

2. ESTRUCTURA LEGAL




La estructura legal de la obligación fiscal se basa en varios principios. Uno de ellos el principio de reciprocidad de la ley: “Al cumplir con una obligación, el individuo puede ejercer un derecho”. El individuo que se encuentre sujeto a una obligación legal por parte del Estado, está en posición de solicitar al mismo Estado que se le otorgue un derecho. El Estado por su parte propone y aplica mecanismos que le son fuente de ingresos para otorgar a la población gobernada recursos para satisfacer sus necesidades. El individuo sujeto a la obligación de cumplir con el Estado, está en su derecho de exigir al gobierno cumplir con su entrega de bienes y servicios que facilitan la vida del contribuyente como puede ser luz pública, seguridad, mantenimiento de vías públicas, educación, transporte público, salud. Lo que es importante detallar, es que, la estructura de la obligación fiscal se encuentra divida de la siguiente forma:

En la defensa legal, es importante recordar el principio “lo específico complementa a lo general, y lo particular deroga a lo específico”.



2.1. LEY DE ORIGEN
Es la que da nacimiento a la obligación fiscal. En este caso es la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en los siguientes artículos:
Título I, Capítulo I. Garantías Individuales
--- Art. 5. A ninguna persona podrá impedírsele que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial.



--- Art. 9. No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito, pero solo podrán serlo los individuos que cumplan con lo dispuesto en el artículo 30 constitucional en los incisos A y B.




--- Art. 14. A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna. Nadie puede ser privado de l vida, de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio ante tribunales previamente establecidos.



--- Art. 25. Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral, que fortalezca la soberanía de la nación y su régimen democrático y que, mediante el fortalecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y de la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales.



---Art. 28. En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las prácticas monopólicas, los estancos y las exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes.




--- Art. 30. (Frac. I) Son mexicanos por nacimiento aquellos que nazcan en territorio de la República, sea cual sea la nacionalidad de sus padres; los que nazcan en el extranjero siendo hijos de padres mexicanos de nacimiento o naturalización; los que nazcan en embarcaciones o aeronaves mexicanas (de guerra o mercantes). (Frac. II) Son mexicanos por naturalización los que obtengan dicha naturalización por parte de la Secretaria de Relaciones Exteriores, el hombre o mujer que contraiga matrimonio con un varón o mujer mexicano(a) por nacimiento en disposición de las leyes.




--- Art. 31. Son obligaciones de los mexicanos (frac. I) hacer que sus hijos o pupilos concurran a escuelas públicas o privadas para recibir educación primaria y secundaria y el servicio militar como o dispongan las leyes; (frac. II) acudir en tiempo y forma a recibir instrucción cívica y militar; (frac. III) alistarse y servir e la Guardia Nacional para asegurar y defender la independencia, el territorio, el honor, los derechos e intereses de la patria cuando la tranquilidad se vea amenazada por fuerzas extranjeras; (frac. IV) contribuir con los gastos públicos, así de la federación, como del Distrito Federal o del Estado y/o municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.




2.2. LEY ESPECÍFICA
Por su parte, complementa al origen, al señalar cuáles son las maneras de contribuir con el Estado. La ley específica es la Ley de Ingresos de la federación, y el Código Fiscal de la Federación. La LIF quien en su Capítulo primer, Sección A en el Artículo 1 señala los ingresos del estado:
Art. 1. LIF. Son ingresos de la Federación:
a) Los impuestos vigentes durante el ejercicio 2009 según lo dispongan sus propias leyes, el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Impuesto Sobre la Renta (ISR), el Impuesto Especial a Tasa Única (IETU), Impuesto al Activo (IA), Impuesto a Depósitos Electrónicos (IDE), y aquellos que deriven de una enajenación o disfruten un goce temporal de una enajenación.
b) Aquellos que provengan de las ganancias de las industrias nacionales: Petróleos Mexicanos (PEMEX), Comisión Federal de Electricidad (CFE), Luz y Fuerza del Centro (LyFC), Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para Trabajadores del Estado (ISSSTE) aportaciones al Instituto Nacional del Fomento de la Vivienda de los Trabajadores (INFONAVIT)
c) Financiamientos derivados de endeudamiento interno o externo.
Artículo 4o. En el ejercicio fiscal de 2010, la Federación percibirá los ingresos por proyectos de infraestructura productiva de largo plazo de inversión financiada directa y condicionada de la Comisión Federal de Electricidad por un total de 147,834.4 millones de pesos, de los cuales 67,405.5 millones de pesos corresponden a inversión directa y 80,428.9 millones de pesos a inversión condicionada.
Artículo 8o. En los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales se causarán recargos:
I. Al 0.75 por ciento mensual sobre los saldos insolutos.
II. Cuando de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, se autorice el pago a plazos, se aplicará la tasa de recargos que a continuación se establece, sobre los saldos y durante el periodo de que se trate:
1. Tratándose de pagos a plazos en parcialidades de hasta 12 meses, la tasa de recargos será del 1 por ciento mensual.
2. Tratándose de pagos a plazos en parcialidades de más de 12 meses y hasta de 24 meses, la tasa de recargos será de un mínimo de 1.13 hasta un máximo de 1.25 por ciento mensual.
3. Tratándose de pagos a plazos en parcialidades superiores a 24 meses, así como tratándose de pagos a plazo diferido, la tasa de recargos será de 1.5 por ciento mensual.
Las tasas de recargos establecidas en la fracción II de este artículo incluyen la actualización.
El Código Fiscal de la Federación es considerado como la Ley de Causa, dentro de la ley Específica, ya que establece las definiciones, alcances y requisitos a los que debe sujetarse el contribuyente en la obligación fiscal. Las demás leyes de los impuestos son considerados como Ley de efecto ya que muestran las tasas de los impuestos, supuestos, excepciones y reglamentos de los mismos.
El código fiscal de la federación nace en 1979 en la presidencia de José López portillo y rige la normatividad fiscal de las leyes particulares, estableciendo las facultades, requisitos y limitaciones de la obligación fiscal de los contribuyentes y de las autoridades fiscales.
• Artículo 1. Las personas físicas y las morales están obligadas a contribuir para los gastos públicos conforme a las leyes fiscales respectivas. Establece quienes son sujetos del impuesto en base a los requerimientos de las leyes en su caso.
• Artículo 2. Las contribuciones se clasifican en impuestos , aportaciones de seguridad social , contribuciones de mejoras y derechos .
• Artículo 6. Las contribuciones se causan conforme se realizan las situaciones jurídicas o de hecho, previstas en las leyes fiscales vigentes durante un lapso enque ocurran. El contribuyente podrá pagar s contribución a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente al momento de su causación (se conoce como pagó provisional), o presentar su contribución anual a más tardar el último día del tercer mes del año inmediato siguiente de cuando se causo el impuesto (para PM, para PF es en el cuarto mes).
• Artículo11. El ejercicio fiscal se considera a partir del día primero de enero y finaliza el día 31 del mes de diciembre, y se considera ejercicio completo. En caso de que se inicien o finalicen operaciones antes del mes de diciembre, se considera ejercicio incompleto, y podrá acreditar (en su caso) la contribución para fechas posteriores.
• Artículo 14. Para el CFF (y por ende las leyes de efecto) la enajenación de bienes corresponde a todas las adjudicaciones a favor de un acreedor, la trasmisión de una propiedad, aportaciones a una sociedad, los fideicomisos, en suma toda actividad en que se otorgue un bien de manera total por compra – venta o su uso temporal – parcial conocido como renta.
Lo referente al capítulo II del código de los artículos 19 al 29, se puede comprender las disposiciones de llevar contabilidad, fechas de presentar pagos, requisitos generales, y reglas del índice nacional de precios al consumidor.

2.3. LEY PARTICULAR
Es aquella que señala cuales son los impuestos que según con la ley general y la ley específica deben ser enterados por los contribuyentes. El ISR, IDE, IETU IVA, IA, etc. La ley particular rige las actividades grabadas por los sujetos del impuesto, clasificando dichas actividades en diferentes gravámenes, y en diferentes condiciones de pago y declaración. La ley particular no es considerada una ley “Primaria”. Dentro de la defensa fiscal el principio “Lo general deroga a lo particular, pero lo particular deroga lo específico” da una clara concepción de que la única ley capaz de hacer a un lado la ley particular es la Constitución, mientas la ley particular puede derogar a la ley específica.
La ley particular se clasifica de la siguiente manera:
A) Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y su reglamento. Grava las actividades que generan riqueza.
B) Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y su reglamento. Grava las actividades de enajenación de bienes y dinero.
C) Ley del Impuesto Especial a Tasa Única (IETU) y su reglamento. Grava las actividades extra que generan riqueza sin depender del giro de la empresa.
D) Ley del Impuesto a Depósitos en Efectivo (IDE) y su reglamento. Grava las actividades del dinero en efectivo.
E) Ley del Impuesto Especial a los Productos y Servicios (IEPS). Grava las actividades propias de los prestadores de bienes y servicios.
Impuesto Sobre la Renta
El ISR nace en 1970 bajo la presidencia de Luís Echeverría Álvarez (1970-1976), anteriormente era conocido como el impuesto a la actividad económica de las empresas. A partir de su creación, su función es gravar la generación de riqueza que se origina en cualquiera de los supuestos que establezca la ley.
EL ISR se divide en Disposiciones Generales (Titulo I), Personas Morales (Titulo II), Régimen de Personas Morales con Fines no Lucrativos (Título III), Personas Físicas (Título IV), Residentes en el Extranjero con Ingresos Provenientes de Fuentes en Territorio Nacional (Titulo V), Regímenes Fiscales Preferentes y de las Empresas Multinacionales (Titulo VI) y Estímulos Fiscales (Titulo VII).
• Artículo 1. Menciona los sujetos del impuesto y lo que son las fuentes de riqueza. Los sujetos del impuesto son los residentes en México, residentes en el extranjero con establecimiento parmente y residentes del extranjero .
• Artículo 10. Referente a las disposiciones generales para las personas morales, estos deberán calcular el impuesto sobre la renta en una tasa del 30%, determinando un resultado fiscal y dicho impuesto deberá pagarse mediante declaración que se presenta en oficinas del SAT o bancos autorizados, dentro de los tres meses siguientes al término del año fiscal.
• Artículo 14. Los contribuyentes tienen derechos a efectuar pagos previsionales del ISR, es decir, pagar el impuesto generado en ciertos periodos de tiempo. El contribuyente puede pagar su impuesto de manera mensual, semestral, bimestral, trimestral y no presentar la declaración anual, sino una notificación (o declaración informativa) a la SHCP y al SAT de que efectuó dichos pagos y no presentar declaración anual. También deberán calcular el coeficiente de utilidad que les permitirá obtener la utilidad fiscal en base a los INPC que publica el gobierno mediante el diario oficial de la federación.
• Artículo 16. Este artículo señala como deben los patrones calcular la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU). Establece que deberán obtener los ingresos acumulables de la suma de los ingresos.
Referente al capítulo uno que comprende del artículo 17 al 28 comprende los conceptos de ingresos. Que son los ingresos acumulables, como se obtienen los ingresos, como determinar la ganancia por enajenación, ganancia acumulable, por acciones, y traslación del impuesto.
Impuesto al Valor Agregado
Este impuesto igualmente nace en 1977, con motivo de la crisis económica de México heredada del sexenio anterior, el presidente López Portillo, aplico este impuesto con la finalidad de gravar todas las actividades que estuvieren relacionadas con la enajenación y prestación de servicios subordinado profesional, para con ello obtener mayor ingreso sin la necesidad de aumentar la base tributaria . Después del ISR, el IVA es uno de los impuestos más importantes del país, y es semejante a muchos en otros países (como el llamado TAV de E.U.) Este impuesto es un gravamen al consumo, es decir, quien lo causa y lo paga es el consumidor final de bienes y servicios gravados por el impuesto.

• Artículo 1. Están obligados al pago del IVA las personas físicas y morales que en territorio nacional tengan actos actividades gravables como la prestación de servicios, otorguen el uso o goce temporal de bienes o servicios, e importen dichos bienes o servicios, y serán sujetos a la tasa del 15%, el cual podrán acreditar, trasladar incluso compensar al presentar la declaración anual.
• Artículo 2. Se aplicará la tasa del 10% del IVA a todos los actos gravados que se realicen en la frontera. Tratándose de importaciones se aplicará la tasa siempre y cuando los bienes o servicios sean enajenados. La tasa del 0% (ver artículo 2-A) se aplacará a las enajenaciones de animales y vegetales no industrializados (vivos), medicinas de patentes y productos destinados a la alimentación, bebidas distintas a la leche (jugos y concentrados), jarabes, caviar, salmón ahumado, angulas, saborizantes, hielo y agua.
• Artículo 4. El acreditamiento consiste en restar el impuesto acreditable, de la cantidad que resulte de aplicar a los valores señalados en esta ley la tasa que corresponda según sea el caso. Para efectos de lo anterior, el impuesto acreditable del IVA que haya sido trasladado al contribuyente y el propio impuesto tanto en importación de bienes y servicios.
Para el CFF (y por ende las leyes de efecto) la enajenación de bienes corresponde a todas las adjudicaciones a favor de un acreedor, la trasmisión de una propiedad, aportaciones a una sociedad, los fideicomisos, en suma toda actividad en que se otorgue un bien de manera total por compra – venta o su uso temporal – parcial conocido como renta.
Impuesto Especial a Tasa Única
El impuesto especial a tasa única (IETU) nace como medida complementaria al ISR. Grava igualmente la riqueza generada del giro de una empresa, la razón, ya que en ISR existe la capacidad de deducir el impuesto hasta lograr que Hacienda devuelva dinero, el IETU gravará las mismas cantidades pero no existirán las mismas deducciones, por lo que si se podría pagar este impuesto.

• Artículo 1. Las personas físicas y morales, residentes en extranjero, o con establecimiento permanente en el país son objetos del impuesto a tasa única si: Enajenan bienes, Presten servicios profesionales independientes, Otorguen uso o goce temporal de bienes. La tasa del impuesto será del 16.5% para el año 2008, del 17% para el 2009 y 17.5% para el 2010, tasa que permanecerá fija los siguientes 5 años para su siguiente incremento.
• Artículo 2. Se consideran ingresos gravados aquellos considerados como anticipos ó depósitos ó bonificaciones, las cantidades que perciban de instituciones de seguros, aquellas cantidades o ingresos que formen parte del sistema financiero, los bienes, los servicios, los pagos en especie.
• Artículo 4. Los ingresos que no pagarán impuesto son aquellas percibidas por le federación, las entidades federativas, aquellos que estén exentas del ISR (partidos, asociaciones, sindicatos, sociedades civiles, fondos de pensiones de jubilados, enajenaciones por parte de organismos sociales, etc.)
• Artículo 5. Son deducciones para el IETU las erogaciones que correspondan a la adquisición de bienes, las contribuciones a cargo del contribuyente, los descuentos o bonificaciones, las indemnizaciones por daños y perjuicios, pagos a instituciones de seguros, premios, donativos, pérdidas por documentos incobrables, pérdidas por inversiones.
Impuesto a Depósitos en Efectivo
Este impuesto creado y aprobado a mediados del 2008 tiene como finalidad detectar el comercio informal. Este impuesto grava principalmente los depósitos de dinero en cuentas bancarias que no sean del giro de la empresa o del sueldo del trabajador. Dicho impuesto es retenido por el banco, lo cual hace su pago inmediato, las constancias las expedirá el banco correspondiente a través de los estados de cuenta, por lo que el IDE contablemente siempre estará cargado, con la posibilidad de disminuir el ISR.
• Artículo 1. Están obligadas al pago del IEDE las personas físicas y morales residentes en el país o con establecimiento permanente que realicen depósitos en efectivo.
• Artículo 2. No están obligados al pago del impuesto la federación, las entidades federativas y municipios, las personas con fines lucrativos, los depósitos que no excedan de $25,000.00 (veinte y cinco mil pesos 00/100 M.N.) en un mes; instituciones del sistema financiero, los salarios o remuneraciones del personal, y los créditos otorgados.
• Artículo 3. La tasa del impuesto será del 2% y se aplicará al excedente del monto total señalado en el artículo 2.
• Artículo 4. Las instituciones bancarias están obligadas a recaudar el IDE de los depositantes y enterar al contribuyente la constancia necesaria. Enterar el impuesto a la SHCP en los términos fiscales contribuyentes. Informar al SAT el importe del IDE de cada contribuyente causante.
Impuesto Especial a Productos y Servicios (IESPS)
Este impuesto fe creado en 1978 bajo la presidencia de José López Portillo, con el propósito de enfrentar la crisis económica derivada de 1976. Con la explotación de los recursos petroleros y desarrollo de PEMEX, se determinó un impuesto especial para todas las entidades (personas morales) que presten un servicio o sean productoras.
Artículo 1o.- Están obligadas al pago del impuesto establecido en esta Ley, las personas físicas y las morales que realicen los actos o actividades siguientes:
I. La enajenación en territorio nacional o, en su caso, la importación, definitiva, de los bienes señalados en esta Ley.
II. La prestación de los servicios señalados en esta Ley.
El impuesto se calculará aplicando a los valores a que se refiere este ordenamiento, la tasa que para cada bien o servicio establece el artículo 2o. del mismo o, en su caso, la cuota establecida en esta Ley. La Federación, el Distrito Federal, los Estados, los Municipios, los organismos descentralizados o cualquier otra persona, aunque conforme a otras leyes o decretos no causen impuestos federales o estén exentos de ellos, deberán aceptar la traslación del impuesto especial sobre producción y servicios y, en su caso, pagarlo y trasladarlo, de acuerdo con los preceptos de esta Ley.
El impuesto a que hace referencia esta Ley no se considera violatorio de precios o tarifas, incluyendo los oficiales.
Artículo 2o.- Al valor de los actos o actividades que a continuación se señalan, se aplicarán las tasas y cuotas siguientes:
I. En la enajenación o, en su caso, en la importación de los siguientes bienes:
A) Bebidas con contenido alcohólico y cerveza:
1. Con una graduación alcohólica de hasta 14°G.L. ................................... 25%
2. Con una graduación alcohólica de más de 14° y hasta 20°G.L. ........... 30%
3. Con una graduación alcohólica de más de 20°G.L. ................................. 50%
B) Alcohol, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables. .................... 50%
C) Tabacos labrados:
1. Cigarros. .................................................................................................... 160%
2. Puros y otros tabacos labrados. ............................................................. 160%
3. Puros y otros tabacos labrados hechos enteramente a mano. ........... 30.4%
D) Gasolinas: la tasa que resulte para el mes de que se trate en los términos de los artículos 2o.-A y 2o.-B de esta Ley.
E) Diesel: la tasa que resulte para el mes de que se trate en los términos de los artículos 2o.-A y 2o.-B de esta Ley.



II. En la prestación de los siguientes servicios:
A) Comisión, mediación, agencia, representación, correduría, consignación y distribución, con motivo de la enajenación de los bienes señalados en los incisos A), B) y C) de la fracción I de este artículo. En estos casos, la tasa aplicable será la que le corresponda a la enajenación en territorio nacional del bien de que se trate en los términos que para tal efecto dispone esta Ley. No se pagará el impuesto cuando los servicios a que se refiere este inciso, sean con motivo de las enajenaciones de bienes por los que no se esté obligado al pago de este impuesto en los términos del artículo 8o. de la misma.
B) Realización de juegos con apuestas y sorteos, independientemente del nombre con el que se les designe, que requieran permiso de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal de Juegos y Sorteos y su Reglamento, los que realicen los organismos descentralizados, así como la realización de juegos o concursos en los que el premio se obtenga por la destreza del participante en el uso de máquinas, que en el desarrollo de aquéllos utilicen imágenes visuales electrónicas como números, símbolos, figuras u otras similares, que se efectúen en el territorio nacional. Quedan comprendidos en los juegos con apuestas, aquéllos en los que sólo se reciban, capten, crucen o exploten apuestas. Asimismo, quedan comprendidos en los sorteos, los concursos en los que se ofrezcan premios y en alguna etapa de su desarrollo intervenga directa o indirectamente el azar. ........30%
C) C) Los que se proporcionen en territorio nacional a través de una o más redes públicas de telecomunicaciones. .............................................................................................. 3%
Los servicios derivados para recreación o transporte público, así como la prestación o producción de materiales, materias primas, o productos terminados, se sujetaran a una tasa fluctuante del 2% al 22% según el caso y rubro de la actividad prestada.

jueves, 26 de agosto de 2010

CUESTION 1

PARA LOS ALUMNOS DE 5° G

Un individuo vende una automovil, el nuevo dueño choca contra otro automovil, provocando la muerte del otro chofer y de su acompañante.
¿Cómo procede la autoridad? ¿Quien está en la cuestion de derecho y quien en obligaciones?

miércoles, 25 de agosto de 2010

DEBATE 1

PARA LOS ALUMNOS DE 5° "F"

Es una realidad que los gobiernos actuales han tratado de crear muchos "satisfactores" políticos al brindar nuevos derechos a los ciudadanos.
Esto ha provocado una serie de debates y ataques con varios sectores de la sociedad (empresarios, Iglesia, comerciantes, etc...)
¿Consideran que esas medidas de otorgar derechos ú obligaciones esta justificada? ¿Con ello el Estado (Gobierno) cumple con sus fuciones como tal? ¿Por qué?

martes, 24 de agosto de 2010

TEMA 1

Para los alumnos de 5° "I"

Dentro de la reciprocidad del derecho vs obligación, ¿consideras que la relación del Estado con la ciudadanía es equilibrada? ¿Consideras la necesidad de que exista una obligación o ún derecho más?

UNIDAD 1. NOCIONES DE DERECHO FISCAL


La obligación fiscal surge desde el nacimiento de la relación Estado-Pueblo, gobernante y gobernados. Al crearse la estructura de poder en la sociedad se crea también la relación obligación-derecho tanto de la parte gobernada como de los gobernantes.


1.1. DERECHO
La palabra derecho proviene del vocablo latino "directum" que significa en su primer origen, "lo que es bien dirigido" o "lo que no se aparta del buen camino". El Derecho es el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en postulados de justicia, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter. En otras palabras, es el conjunto de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos interpersonales .
En términos de ley, un derecho es aquello que se “puede exigir a la autoridad para satisfacer una necesidad”. Un individuo (persona física) o un grupo de personas (persona moral) tienen derechos que el Estado está obligado a cumplir. Estas exigencias (en lo particular y en lo general) son basadas en el sentimiento de bienestar. Los derechos de los ciudadanos son:
• Seguridad social (IMSS, ISSSTE, INFONAVIT, .…)
• Obra pública (luz, pavimentación, drenaje)
• Seguridad pública (vigilancia, policía, …)
• Esparcimiento y recreación (parques, ferias, hoteles,…)


Clasificación del Derecho.
Derecho Objetivo.- es el conjunto de normas jurídicas que forman la maquinaria jurídica, el conjunto de preceptos del derecho la norma jurídica que constituyen los códigos.
Derecho Subjetivo.-es la prerrogativa, el poder o la facultad con que cuenta una persona para reclamar el cumplimiento de las normas jurídicas y que considera le favorecen y tutelan. El objetivo es la norma que da la facultad y el subjetivo la facultad reconocida por la norma.
Derecho Interno.- conjunto de normas jurídicas que rigen los actos de los individuos cuando s realizan dentro del territorio nacional o del estado.
Derecho Externo.- conjunto de normas jurídicas que rigen las relaciones de México con otros estados.
Derecho Público.- conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones del estado, como ente soberano, con los ciudadanos o con otros estados.
Derecho Privado.- Conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones de los particulares entre sí.
Derecho Vigente.- Conjunto de normas jurídicas que en un lugar y tiempo determinado el estado impone como obligatorias. Es aquel que no ha sido derogado ni abrogado.
Derecho Positivo.- Es el conjunto de normas que se aplican efectivamente en un tiempo y lugar determinado.
Derecho Natural.- es el conjunto de normas y principios deducidas por la razón humana, anteriores y superiores a las normas del derecho positivo.// sistema de normas principios e instituciones que congregan los valores permanentes, inmutables y eternos inspirados en la naturaleza humana.



1.2. OBLIGACIÓN
Dentro de la normatividad legal, una obligación surge entre el Estado en las distintas expresiones del poder público y los sujetos pasivos ó gobernados en cuanto ocurra e presupuesto de hecho imponible. Una obligación constituye un vínculo de carácter personal ó colectivo, aunque se asegure mediante una garantía real ó con privilegios especiales previstos en la ley.
Dentro la obligación, se encuentra la concepción tributaria, que se diferencia de la civil, ya que es imperativa e impuesta por la potestad unilateralmente por el Estado sin que se medie el consentimiento o voluntad de una de las partes. La obligación fiscal es emitida por el poder ejecutivo, el poder legislativo se convierte en cámara revisora (senadores) y cámara emisora (diputados) y promulgarán las leyes fiscales.
Sujetos de Obligación Fiscal
Son los individuos (ya sea persona física o moral) que reúnen los requisitos de la ley, y que sujetan a la relación tributaria; es decir, cuando la ley establece quienes están obligados al pago de impuestos, dichos individuos son los sujetos del impuesto, que se pueden clasificar en:


a) Sujeto Activo de la Obligación Tributaria:
Figura que asume la posición acreedora de la obligación tributaria y a quien le corresponde el derecho de exigir el pago del tributo debido. La figura del sujeto activo recae normalmente sobre el Estado sin embargo, la ley puede atribuir la calidad de sujeto activo a otros entes u organismos públicos tales como los ayuntamientos; sólo la ley puede designar el sujeto activo de la obligación tributaria.


b) Sujeto Pasivo de la Obligación Tributaria.
La condición sujeto pasivo puede recaer en general en todas las personas naturales y jurídicas o entes a los cuales el derecho tributario le atribuya la calidad de sujeto de derechos y obligaciones, de acuerdo a nuestro análisis la capacidad tributaria de las personas naturales es independiente de su capacidad civil y de las limitaciones de éste.
Persona Física y Persona Moral



Siguiendo con los sujetos de la obligación fiscal, los grandes rubros o clasificaciones de los individuos de la situación tributaria son las Personas Morales y las Personas Físicas.



PESONA FISICA:- Es el ser humano, hombre o mujer. El derecho moderno no admite la posibilidad de la existencia de una persona que carezca de la capacidad jurídica en abstracto. Las personas físicas o seres humanos, tienen los siguientes atributos:- Capacidad, Estado Civil, Patrimonio, Nombres, Domicilio, Nacionalidad, los atributos mencionados son constantes y necesarios en toda persona física. La personalidad jurídica se adquiere por el nacimiento y se extingue con la muerte, pero desde el momento en que un ser humano es concebido entra bajo la protección de la ley Art.l8 Código Civil..
Las cualidades o propiedades de un ser constituyen sus atributos ya mencionados en el párrafo anterior como atributos de la personalidad individual se señalan los siguientes.
• Nombre. Signo que distingue a una persona de las demás relaciones jurídicas sociales, compuesto por el nombre(s) propio y apellidos.
• Domicilio. Es el lugar en que reside la persona con el propósito de establecerse en él, y completa la identificación de la persona. El domicilio pude ser voluntario y legal .
• El estado. Alude generalmente a la calificación civil del individuo, según las figuras jurídicas de la ley (familia, nacionalidad, laboral).
• Patrimonio. Es el conjunto de bienes y riquezas que corresponden a una persona o familia, reglamentado por el artículo 633 del Código Civil.



PERSONA MORAL. Podemos decir que son todas aquellas entidades formadas para la realización de los fines colectivos y permanentes de los hombres, a las que el derecho reconoce capacidades para tener derechos y obligaciones. El fundamento de las personas morales se encuentra en la necesidad de su creación para el cumplimiento de fines y actividades grupales.
Son personas morales la Federación, los Estados, los Municipios y las demás instituciones de carácter público reconocidas legalmente, las sociedades civiles y mercantiles, los sindicatos, las asociaciones profesionales, las sociedades cooperativas, las asociaciones, fundaciones temporales o perpetuas constituidas para algún fin o por algún motivo de utilidad pública o particular. También todas aquellas que se propongan fines políticos, científicos, artísticos, de recreo o cualquier otro acto lícito (Art. 22 Frac. I.II. III, IV, V y VI del Código Civil).
Las personas morales tienen los mismos atributos que las personas físicas:
• Nombre. Denominación o razón social que específica su actividad (SA, SRL, SCS, SCA,…)
• Nacionalidad. Se obtiene mediante el establecimiento del domicilio legal (sede de la oficina Principal o Gerencia).
• Patrimonio. Basado en las propiedades, bienes inmuebles (activos fijos), ingresos y capitales.

miércoles, 18 de agosto de 2010

BIENVENIDOS ALUMNOS DE 5° SEMESTRE

Sean bienvenidos alumnos de 5° F, G, H e I.
Este espacio esta diseñado para realizar algunas actividades interactivas para el semestre 2010-II (agosto 10 - enero 11).
Para los alumnos de los grupos F, H, e I se tomarán temas de CALCULO DE CONTRIBUCIONES DE PERSONAS MORALES. El temario es el siguiente:
UNIDAD I. NORMATIVIDAD LEGAL
A) Ley de Origen
B) Ley Específica
C) Ley Particular
UNIDAD II. ISR E IVA
A) ISR (pago anual y provisional)
B) IVA (pago anual y provisional)
UNIDAD III. OTROS IMPUESTOS
A) IETU (pago anual, provisional y acreditamiento al ISR)
B) IDE (pagos y acreditamiento al ISR)
C) IEPS
Para los alumnos del grupo G se impartira la materia de CALCULO DE CONTRIBUCIONES DE PERSONAS FISICAS. El temario es el siguiente:
UNIDAD I. NORMATIVIDAD
A) Constitución Política y LIF
B) Personalidad jurídica y leyes fiscales (LIF, CFF)
C) Impuestos de personas físicas
UNIDAD II. ISR
A) PF servicio profesional
B) PF subordinado por salarios
C) PF actividad empresarial
UNIDAD III. IVA
A) Acreditamiento del IVA
B) IVA para PF con actividad empresarial
UNIDAD IV. OTROS IMPUESTOS
A) IETU
B) IDE
Para todos los grupos se prepará una practica final del semestre (previa negociación) y posteriomente se publicará en este espacio los mecanismos de evaluación.
¡Suerte!
MCP José M. Tinoco Reyes - Profesor

martes, 22 de junio de 2010

Monsiváis: ¡A dios Bohemio!


¡Por mi madre Bohemios! Alguien comentó una vez “solo al morir, nuestro pecados se convierten en glorias”. ¿Qué no es digno por una vez, hacer a un lado los pecados y ver lo bueno de la gente? Sin duda Carlos Monsiváis merece esa dignidad y aún más. Polémico quizás, directo en otras formas, pero el llamado “escritor del pueblo” es aún más grande que todas las loas, glorias, hurras que se puedan gritar en todo México. No necesitó de grande premios (aún cuando los merecía) para decir lo que pensaba, defender y decir la verdad, de una forma clara y concisa, alegre y vivas, ¡Por mi madre Bohemios! Hemos perdido un ícono del siglo XX y XXI. Son pocos los que sobreviven a los cambios, que pueden verlos, asimilarlos y criticarlos con su mente abierta, plagada de una sabiduría adquirida por años y años de leer, ver y sobre todo criticar. ¡Por mi madre Bohemios! México pierde al más grande y a la vez al más humilde de los escritores, que nunca se vendió a una ideología política y que apoyaba lo que creía que era lo mejor para el país aún cundo muchos, no lo escuchaban. Adiós a Carlos Monsiváis, el cielo ha ganado un ángel más, y Carlos el descanso digno de los grandes, otorgado solamente a los sabios y a los héroes, quizás desde allá ilumine a un nuevo intelectual que siga sus pasos, su escuela. Y la mejor manera de despedirse de Carlos, que siempre nos saludos y nos convenció de ser Bohemios, el más cariñoso y merecido: ¡A dios Bohemio!

viernes, 18 de junio de 2010

ALUMNOS DE 5º SEMESTRE


Sean bienvenidos al Blog de Contabilidad 76.

Por este medio les damos la bienvenida a "CALCULAR CONTRIBUCIONES DE PERSONAS MORALES". Un curso quizás por momentos complicados, pero si trabajan y toman su tiempo para realizar las actividades, este semestre será fácil.

¡Animo! Se les desa la mejor de las suertes


ACTIVIDAD 3.1 Oferta y demanda

La empresa “Gutierritoz” S.A. de C.V., se dedica a la fabricación de termos / tasas para bebidas calientes. El estudio de mercado revela que la oferta es de un individuo necesita en promedio 2 de los productos, con una pendiente (m) de 48/5; mientras que la demanda manifiesta que solo 2 personas están dispuestos a pagar $30.°° con una pendiente (m) de -9/2. Determine las gráficas de la oferta y la demanda, las ecuaciones de las rectas, el punto de equilibrio y las zonas de pérdidas y ganancias.

Observe cuidadosamente el siguiente grafico, determine lo que se le pide




OFERTA:
A (___________)
B (___________)
DEMANDA:
C (___________)
D (___________)
OFERTA:
Y=____________
DEMANDA:
Y=____________
PUNTO DE
EQUILIBRIO:
(_____________)

Describa brevemente sus comentarios y/o observaciones del los ejercicios practicados.

Una sola vez. Más que los grandes

¿Qué se podría esperar de un jueves? ¿Qué relevancia para la historia ó el país tendría un jueves? Para el ciudadano mexicano, en su mayoría, solo una cosa, ver jugar su selección en la copa de mundo contra un titán, contra uno de los más grandes del fut-ball. En el pensamiento de muchos se veía el empate ó la derrota, ¿será posible que el pequeño México se imponga a la majestuosa Francia? ¿La marsellesa que llama a los ciudadanos a la revolución se opacará por el himno nacional que llama a la guerra sin tregua? Pues aunque no parezca, David venció a Goliat.
Llegó el momento de Javier “Chicharito” Hernández y no defraudó. Entró por Carlos Vela y le dio nuevos bríos al ataque y además hizo el gol que destapó el partido. Su rapidez, descaro y verticalidad guiaron el triunfo mexicano.
Rafael Márquez. El capitán se volvió a poner los galones en el medio campo. Fue un juego trabado de lucha en el medio campo. Francia presionó para impedir la salida de México y Márquez y Torrado presionaron a Francia para cortar su creación. Rafael Márquez descubrió que la defensa de Francia estaba adelantada y comenzó a mandar balones a sus espaldas. Uno de esos balones encontró al “Chicharito” y así llegó el primer gol de México. Posteriormente un penal cobrado por Cuauhtémoc Blanco dio el glorioso 2-0.
Carlos Salcido fue un coloso en la banda derecha. Bien al corte, bien al cierre por el centro y fenomenal en las salidas por su carril. Desquició a la defensa francesa creo buenas ocasiones y estuvo cerca de anotar.
La defensa de Francia se vio muy mal las veces que fue exigida. Además, dos balones retrasados al portero casi fueron alcanzados por Carlos Vela y uno tercero por Javier Hernández. Cuando México les tomó la espalda no tuvieron velocidad para regresar. Toulalan se cansó de repartir patadas. Se ganó una amarilla que pudo haber llegado antes e incluso mereció haber sido repetida después. El planteo de Domenec. No supo rencontrar la reacción de su equipo. Sacó a Anelka que no lo estaba haciendo mal y no hizo los cambios que parecían más acertados. El técnico francés tiene problemas con su plantel y contra México tampoco hubo química.
México nunca había ganado a Francia, al contrario, era derrotado por diferencia de 2, 3 ó 4 goles de diferencia. Ahora México se encuentra empatado con Uruguay para pasar a la siguiente ronda, el milagro ¿se repetirá con Corea, Grecia ó Argentina? No es para ilusionarnos, mientras el deporte nacional siga siendo manejado como placebo para el pueblo por el Gobierno, no se podrá llegar lejos, pero eso sí, el disfrutar de un logro como este no lo quitará nadie, no soñemos porque nos lo diga Aguirre en comerciales, ni por “ponernos la verde” de Televisa, riamos, gritemos y alegrémonos por convicción y gusto propios, por poder sentir una vez en la vida que somos más que los grandes.

jueves, 17 de junio de 2010


Sobre las mujeres… la perfección no se presume ni se discute.

martes, 15 de junio de 2010

Un saludo cordial y la bienvenida a este Blog de Contabilidad 76 para desarrollar actividades de estudio para alumnos de bachillerato de Técnico en Contabilidad.