martes, 31 de agosto de 2010

EJERCICIO 1. Para 5° I

Con los siguientes datos registra en diario y mayor las siguientes actividades. Posteriormente elabora el Edo. Resultados y el Balance a fecha del 31-12-09.
Elabora dos balances, uno donde aparezcan los impuestos por pagar y otro donde ya se pagaron los impuestos.


La Empresa “Poll – Mc-Karty” S.A. le presenta la siguiente información:
• Saldo en la cuenta de caja por $5,000.°°
• Saldo en la cuenta bancaria por $293,4000.°°
• Las cuentas por cobrar tienen un total global de $43,000.°°
• Los activos fijos suman $4´936,143.°°
• Los pasivos tienen un saldo de $119,356.°°
• El capital social es de $5´158,187.°°

1. La empresa adquiere un equipo de cómputo por $9,159.94 (IVA incluido)
2. La empresa adquiere $55,000.°° en mercancías, pagando el 50% de inmediato y el resto en actividades posteriores. El IVA queda pendiente hasta el último pago. El precio unitario es de 183.00 por pieza)
3. Se venden 200 piezas, elevando el precio de venta en un 56%
4. Se realizan gastos de operación por $6,000.°°
5. Se recibe préstamo bancario por $300,000.°°
6. La empresa finaliza los pagos de la compra de materiales.
7. Por concepto de recuperación, la empresa vende el resto de los materiales aumentando su precio esta vez un 70%
8. El contador determina que el ISR a pagar es de $37,000.°°
9. Se registra la determinación del IVA a pagar y se pagan los impuestos.

2. ESTRUCTURA LEGAL




La estructura legal de la obligación fiscal se basa en varios principios. Uno de ellos el principio de reciprocidad de la ley: “Al cumplir con una obligación, el individuo puede ejercer un derecho”. El individuo que se encuentre sujeto a una obligación legal por parte del Estado, está en posición de solicitar al mismo Estado que se le otorgue un derecho. El Estado por su parte propone y aplica mecanismos que le son fuente de ingresos para otorgar a la población gobernada recursos para satisfacer sus necesidades. El individuo sujeto a la obligación de cumplir con el Estado, está en su derecho de exigir al gobierno cumplir con su entrega de bienes y servicios que facilitan la vida del contribuyente como puede ser luz pública, seguridad, mantenimiento de vías públicas, educación, transporte público, salud. Lo que es importante detallar, es que, la estructura de la obligación fiscal se encuentra divida de la siguiente forma:

En la defensa legal, es importante recordar el principio “lo específico complementa a lo general, y lo particular deroga a lo específico”.



2.1. LEY DE ORIGEN
Es la que da nacimiento a la obligación fiscal. En este caso es la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en los siguientes artículos:
Título I, Capítulo I. Garantías Individuales
--- Art. 5. A ninguna persona podrá impedírsele que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial.



--- Art. 9. No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito, pero solo podrán serlo los individuos que cumplan con lo dispuesto en el artículo 30 constitucional en los incisos A y B.




--- Art. 14. A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna. Nadie puede ser privado de l vida, de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio ante tribunales previamente establecidos.



--- Art. 25. Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral, que fortalezca la soberanía de la nación y su régimen democrático y que, mediante el fortalecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y de la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales.



---Art. 28. En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las prácticas monopólicas, los estancos y las exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes.




--- Art. 30. (Frac. I) Son mexicanos por nacimiento aquellos que nazcan en territorio de la República, sea cual sea la nacionalidad de sus padres; los que nazcan en el extranjero siendo hijos de padres mexicanos de nacimiento o naturalización; los que nazcan en embarcaciones o aeronaves mexicanas (de guerra o mercantes). (Frac. II) Son mexicanos por naturalización los que obtengan dicha naturalización por parte de la Secretaria de Relaciones Exteriores, el hombre o mujer que contraiga matrimonio con un varón o mujer mexicano(a) por nacimiento en disposición de las leyes.




--- Art. 31. Son obligaciones de los mexicanos (frac. I) hacer que sus hijos o pupilos concurran a escuelas públicas o privadas para recibir educación primaria y secundaria y el servicio militar como o dispongan las leyes; (frac. II) acudir en tiempo y forma a recibir instrucción cívica y militar; (frac. III) alistarse y servir e la Guardia Nacional para asegurar y defender la independencia, el territorio, el honor, los derechos e intereses de la patria cuando la tranquilidad se vea amenazada por fuerzas extranjeras; (frac. IV) contribuir con los gastos públicos, así de la federación, como del Distrito Federal o del Estado y/o municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.




2.2. LEY ESPECÍFICA
Por su parte, complementa al origen, al señalar cuáles son las maneras de contribuir con el Estado. La ley específica es la Ley de Ingresos de la federación, y el Código Fiscal de la Federación. La LIF quien en su Capítulo primer, Sección A en el Artículo 1 señala los ingresos del estado:
Art. 1. LIF. Son ingresos de la Federación:
a) Los impuestos vigentes durante el ejercicio 2009 según lo dispongan sus propias leyes, el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Impuesto Sobre la Renta (ISR), el Impuesto Especial a Tasa Única (IETU), Impuesto al Activo (IA), Impuesto a Depósitos Electrónicos (IDE), y aquellos que deriven de una enajenación o disfruten un goce temporal de una enajenación.
b) Aquellos que provengan de las ganancias de las industrias nacionales: Petróleos Mexicanos (PEMEX), Comisión Federal de Electricidad (CFE), Luz y Fuerza del Centro (LyFC), Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para Trabajadores del Estado (ISSSTE) aportaciones al Instituto Nacional del Fomento de la Vivienda de los Trabajadores (INFONAVIT)
c) Financiamientos derivados de endeudamiento interno o externo.
Artículo 4o. En el ejercicio fiscal de 2010, la Federación percibirá los ingresos por proyectos de infraestructura productiva de largo plazo de inversión financiada directa y condicionada de la Comisión Federal de Electricidad por un total de 147,834.4 millones de pesos, de los cuales 67,405.5 millones de pesos corresponden a inversión directa y 80,428.9 millones de pesos a inversión condicionada.
Artículo 8o. En los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales se causarán recargos:
I. Al 0.75 por ciento mensual sobre los saldos insolutos.
II. Cuando de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, se autorice el pago a plazos, se aplicará la tasa de recargos que a continuación se establece, sobre los saldos y durante el periodo de que se trate:
1. Tratándose de pagos a plazos en parcialidades de hasta 12 meses, la tasa de recargos será del 1 por ciento mensual.
2. Tratándose de pagos a plazos en parcialidades de más de 12 meses y hasta de 24 meses, la tasa de recargos será de un mínimo de 1.13 hasta un máximo de 1.25 por ciento mensual.
3. Tratándose de pagos a plazos en parcialidades superiores a 24 meses, así como tratándose de pagos a plazo diferido, la tasa de recargos será de 1.5 por ciento mensual.
Las tasas de recargos establecidas en la fracción II de este artículo incluyen la actualización.
El Código Fiscal de la Federación es considerado como la Ley de Causa, dentro de la ley Específica, ya que establece las definiciones, alcances y requisitos a los que debe sujetarse el contribuyente en la obligación fiscal. Las demás leyes de los impuestos son considerados como Ley de efecto ya que muestran las tasas de los impuestos, supuestos, excepciones y reglamentos de los mismos.
El código fiscal de la federación nace en 1979 en la presidencia de José López portillo y rige la normatividad fiscal de las leyes particulares, estableciendo las facultades, requisitos y limitaciones de la obligación fiscal de los contribuyentes y de las autoridades fiscales.
• Artículo 1. Las personas físicas y las morales están obligadas a contribuir para los gastos públicos conforme a las leyes fiscales respectivas. Establece quienes son sujetos del impuesto en base a los requerimientos de las leyes en su caso.
• Artículo 2. Las contribuciones se clasifican en impuestos , aportaciones de seguridad social , contribuciones de mejoras y derechos .
• Artículo 6. Las contribuciones se causan conforme se realizan las situaciones jurídicas o de hecho, previstas en las leyes fiscales vigentes durante un lapso enque ocurran. El contribuyente podrá pagar s contribución a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente al momento de su causación (se conoce como pagó provisional), o presentar su contribución anual a más tardar el último día del tercer mes del año inmediato siguiente de cuando se causo el impuesto (para PM, para PF es en el cuarto mes).
• Artículo11. El ejercicio fiscal se considera a partir del día primero de enero y finaliza el día 31 del mes de diciembre, y se considera ejercicio completo. En caso de que se inicien o finalicen operaciones antes del mes de diciembre, se considera ejercicio incompleto, y podrá acreditar (en su caso) la contribución para fechas posteriores.
• Artículo 14. Para el CFF (y por ende las leyes de efecto) la enajenación de bienes corresponde a todas las adjudicaciones a favor de un acreedor, la trasmisión de una propiedad, aportaciones a una sociedad, los fideicomisos, en suma toda actividad en que se otorgue un bien de manera total por compra – venta o su uso temporal – parcial conocido como renta.
Lo referente al capítulo II del código de los artículos 19 al 29, se puede comprender las disposiciones de llevar contabilidad, fechas de presentar pagos, requisitos generales, y reglas del índice nacional de precios al consumidor.

2.3. LEY PARTICULAR
Es aquella que señala cuales son los impuestos que según con la ley general y la ley específica deben ser enterados por los contribuyentes. El ISR, IDE, IETU IVA, IA, etc. La ley particular rige las actividades grabadas por los sujetos del impuesto, clasificando dichas actividades en diferentes gravámenes, y en diferentes condiciones de pago y declaración. La ley particular no es considerada una ley “Primaria”. Dentro de la defensa fiscal el principio “Lo general deroga a lo particular, pero lo particular deroga lo específico” da una clara concepción de que la única ley capaz de hacer a un lado la ley particular es la Constitución, mientas la ley particular puede derogar a la ley específica.
La ley particular se clasifica de la siguiente manera:
A) Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y su reglamento. Grava las actividades que generan riqueza.
B) Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y su reglamento. Grava las actividades de enajenación de bienes y dinero.
C) Ley del Impuesto Especial a Tasa Única (IETU) y su reglamento. Grava las actividades extra que generan riqueza sin depender del giro de la empresa.
D) Ley del Impuesto a Depósitos en Efectivo (IDE) y su reglamento. Grava las actividades del dinero en efectivo.
E) Ley del Impuesto Especial a los Productos y Servicios (IEPS). Grava las actividades propias de los prestadores de bienes y servicios.
Impuesto Sobre la Renta
El ISR nace en 1970 bajo la presidencia de Luís Echeverría Álvarez (1970-1976), anteriormente era conocido como el impuesto a la actividad económica de las empresas. A partir de su creación, su función es gravar la generación de riqueza que se origina en cualquiera de los supuestos que establezca la ley.
EL ISR se divide en Disposiciones Generales (Titulo I), Personas Morales (Titulo II), Régimen de Personas Morales con Fines no Lucrativos (Título III), Personas Físicas (Título IV), Residentes en el Extranjero con Ingresos Provenientes de Fuentes en Territorio Nacional (Titulo V), Regímenes Fiscales Preferentes y de las Empresas Multinacionales (Titulo VI) y Estímulos Fiscales (Titulo VII).
• Artículo 1. Menciona los sujetos del impuesto y lo que son las fuentes de riqueza. Los sujetos del impuesto son los residentes en México, residentes en el extranjero con establecimiento parmente y residentes del extranjero .
• Artículo 10. Referente a las disposiciones generales para las personas morales, estos deberán calcular el impuesto sobre la renta en una tasa del 30%, determinando un resultado fiscal y dicho impuesto deberá pagarse mediante declaración que se presenta en oficinas del SAT o bancos autorizados, dentro de los tres meses siguientes al término del año fiscal.
• Artículo 14. Los contribuyentes tienen derechos a efectuar pagos previsionales del ISR, es decir, pagar el impuesto generado en ciertos periodos de tiempo. El contribuyente puede pagar su impuesto de manera mensual, semestral, bimestral, trimestral y no presentar la declaración anual, sino una notificación (o declaración informativa) a la SHCP y al SAT de que efectuó dichos pagos y no presentar declaración anual. También deberán calcular el coeficiente de utilidad que les permitirá obtener la utilidad fiscal en base a los INPC que publica el gobierno mediante el diario oficial de la federación.
• Artículo 16. Este artículo señala como deben los patrones calcular la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU). Establece que deberán obtener los ingresos acumulables de la suma de los ingresos.
Referente al capítulo uno que comprende del artículo 17 al 28 comprende los conceptos de ingresos. Que son los ingresos acumulables, como se obtienen los ingresos, como determinar la ganancia por enajenación, ganancia acumulable, por acciones, y traslación del impuesto.
Impuesto al Valor Agregado
Este impuesto igualmente nace en 1977, con motivo de la crisis económica de México heredada del sexenio anterior, el presidente López Portillo, aplico este impuesto con la finalidad de gravar todas las actividades que estuvieren relacionadas con la enajenación y prestación de servicios subordinado profesional, para con ello obtener mayor ingreso sin la necesidad de aumentar la base tributaria . Después del ISR, el IVA es uno de los impuestos más importantes del país, y es semejante a muchos en otros países (como el llamado TAV de E.U.) Este impuesto es un gravamen al consumo, es decir, quien lo causa y lo paga es el consumidor final de bienes y servicios gravados por el impuesto.

• Artículo 1. Están obligados al pago del IVA las personas físicas y morales que en territorio nacional tengan actos actividades gravables como la prestación de servicios, otorguen el uso o goce temporal de bienes o servicios, e importen dichos bienes o servicios, y serán sujetos a la tasa del 15%, el cual podrán acreditar, trasladar incluso compensar al presentar la declaración anual.
• Artículo 2. Se aplicará la tasa del 10% del IVA a todos los actos gravados que se realicen en la frontera. Tratándose de importaciones se aplicará la tasa siempre y cuando los bienes o servicios sean enajenados. La tasa del 0% (ver artículo 2-A) se aplacará a las enajenaciones de animales y vegetales no industrializados (vivos), medicinas de patentes y productos destinados a la alimentación, bebidas distintas a la leche (jugos y concentrados), jarabes, caviar, salmón ahumado, angulas, saborizantes, hielo y agua.
• Artículo 4. El acreditamiento consiste en restar el impuesto acreditable, de la cantidad que resulte de aplicar a los valores señalados en esta ley la tasa que corresponda según sea el caso. Para efectos de lo anterior, el impuesto acreditable del IVA que haya sido trasladado al contribuyente y el propio impuesto tanto en importación de bienes y servicios.
Para el CFF (y por ende las leyes de efecto) la enajenación de bienes corresponde a todas las adjudicaciones a favor de un acreedor, la trasmisión de una propiedad, aportaciones a una sociedad, los fideicomisos, en suma toda actividad en que se otorgue un bien de manera total por compra – venta o su uso temporal – parcial conocido como renta.
Impuesto Especial a Tasa Única
El impuesto especial a tasa única (IETU) nace como medida complementaria al ISR. Grava igualmente la riqueza generada del giro de una empresa, la razón, ya que en ISR existe la capacidad de deducir el impuesto hasta lograr que Hacienda devuelva dinero, el IETU gravará las mismas cantidades pero no existirán las mismas deducciones, por lo que si se podría pagar este impuesto.

• Artículo 1. Las personas físicas y morales, residentes en extranjero, o con establecimiento permanente en el país son objetos del impuesto a tasa única si: Enajenan bienes, Presten servicios profesionales independientes, Otorguen uso o goce temporal de bienes. La tasa del impuesto será del 16.5% para el año 2008, del 17% para el 2009 y 17.5% para el 2010, tasa que permanecerá fija los siguientes 5 años para su siguiente incremento.
• Artículo 2. Se consideran ingresos gravados aquellos considerados como anticipos ó depósitos ó bonificaciones, las cantidades que perciban de instituciones de seguros, aquellas cantidades o ingresos que formen parte del sistema financiero, los bienes, los servicios, los pagos en especie.
• Artículo 4. Los ingresos que no pagarán impuesto son aquellas percibidas por le federación, las entidades federativas, aquellos que estén exentas del ISR (partidos, asociaciones, sindicatos, sociedades civiles, fondos de pensiones de jubilados, enajenaciones por parte de organismos sociales, etc.)
• Artículo 5. Son deducciones para el IETU las erogaciones que correspondan a la adquisición de bienes, las contribuciones a cargo del contribuyente, los descuentos o bonificaciones, las indemnizaciones por daños y perjuicios, pagos a instituciones de seguros, premios, donativos, pérdidas por documentos incobrables, pérdidas por inversiones.
Impuesto a Depósitos en Efectivo
Este impuesto creado y aprobado a mediados del 2008 tiene como finalidad detectar el comercio informal. Este impuesto grava principalmente los depósitos de dinero en cuentas bancarias que no sean del giro de la empresa o del sueldo del trabajador. Dicho impuesto es retenido por el banco, lo cual hace su pago inmediato, las constancias las expedirá el banco correspondiente a través de los estados de cuenta, por lo que el IDE contablemente siempre estará cargado, con la posibilidad de disminuir el ISR.
• Artículo 1. Están obligadas al pago del IEDE las personas físicas y morales residentes en el país o con establecimiento permanente que realicen depósitos en efectivo.
• Artículo 2. No están obligados al pago del impuesto la federación, las entidades federativas y municipios, las personas con fines lucrativos, los depósitos que no excedan de $25,000.00 (veinte y cinco mil pesos 00/100 M.N.) en un mes; instituciones del sistema financiero, los salarios o remuneraciones del personal, y los créditos otorgados.
• Artículo 3. La tasa del impuesto será del 2% y se aplicará al excedente del monto total señalado en el artículo 2.
• Artículo 4. Las instituciones bancarias están obligadas a recaudar el IDE de los depositantes y enterar al contribuyente la constancia necesaria. Enterar el impuesto a la SHCP en los términos fiscales contribuyentes. Informar al SAT el importe del IDE de cada contribuyente causante.
Impuesto Especial a Productos y Servicios (IESPS)
Este impuesto fe creado en 1978 bajo la presidencia de José López Portillo, con el propósito de enfrentar la crisis económica derivada de 1976. Con la explotación de los recursos petroleros y desarrollo de PEMEX, se determinó un impuesto especial para todas las entidades (personas morales) que presten un servicio o sean productoras.
Artículo 1o.- Están obligadas al pago del impuesto establecido en esta Ley, las personas físicas y las morales que realicen los actos o actividades siguientes:
I. La enajenación en territorio nacional o, en su caso, la importación, definitiva, de los bienes señalados en esta Ley.
II. La prestación de los servicios señalados en esta Ley.
El impuesto se calculará aplicando a los valores a que se refiere este ordenamiento, la tasa que para cada bien o servicio establece el artículo 2o. del mismo o, en su caso, la cuota establecida en esta Ley. La Federación, el Distrito Federal, los Estados, los Municipios, los organismos descentralizados o cualquier otra persona, aunque conforme a otras leyes o decretos no causen impuestos federales o estén exentos de ellos, deberán aceptar la traslación del impuesto especial sobre producción y servicios y, en su caso, pagarlo y trasladarlo, de acuerdo con los preceptos de esta Ley.
El impuesto a que hace referencia esta Ley no se considera violatorio de precios o tarifas, incluyendo los oficiales.
Artículo 2o.- Al valor de los actos o actividades que a continuación se señalan, se aplicarán las tasas y cuotas siguientes:
I. En la enajenación o, en su caso, en la importación de los siguientes bienes:
A) Bebidas con contenido alcohólico y cerveza:
1. Con una graduación alcohólica de hasta 14°G.L. ................................... 25%
2. Con una graduación alcohólica de más de 14° y hasta 20°G.L. ........... 30%
3. Con una graduación alcohólica de más de 20°G.L. ................................. 50%
B) Alcohol, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables. .................... 50%
C) Tabacos labrados:
1. Cigarros. .................................................................................................... 160%
2. Puros y otros tabacos labrados. ............................................................. 160%
3. Puros y otros tabacos labrados hechos enteramente a mano. ........... 30.4%
D) Gasolinas: la tasa que resulte para el mes de que se trate en los términos de los artículos 2o.-A y 2o.-B de esta Ley.
E) Diesel: la tasa que resulte para el mes de que se trate en los términos de los artículos 2o.-A y 2o.-B de esta Ley.



II. En la prestación de los siguientes servicios:
A) Comisión, mediación, agencia, representación, correduría, consignación y distribución, con motivo de la enajenación de los bienes señalados en los incisos A), B) y C) de la fracción I de este artículo. En estos casos, la tasa aplicable será la que le corresponda a la enajenación en territorio nacional del bien de que se trate en los términos que para tal efecto dispone esta Ley. No se pagará el impuesto cuando los servicios a que se refiere este inciso, sean con motivo de las enajenaciones de bienes por los que no se esté obligado al pago de este impuesto en los términos del artículo 8o. de la misma.
B) Realización de juegos con apuestas y sorteos, independientemente del nombre con el que se les designe, que requieran permiso de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal de Juegos y Sorteos y su Reglamento, los que realicen los organismos descentralizados, así como la realización de juegos o concursos en los que el premio se obtenga por la destreza del participante en el uso de máquinas, que en el desarrollo de aquéllos utilicen imágenes visuales electrónicas como números, símbolos, figuras u otras similares, que se efectúen en el territorio nacional. Quedan comprendidos en los juegos con apuestas, aquéllos en los que sólo se reciban, capten, crucen o exploten apuestas. Asimismo, quedan comprendidos en los sorteos, los concursos en los que se ofrezcan premios y en alguna etapa de su desarrollo intervenga directa o indirectamente el azar. ........30%
C) C) Los que se proporcionen en territorio nacional a través de una o más redes públicas de telecomunicaciones. .............................................................................................. 3%
Los servicios derivados para recreación o transporte público, así como la prestación o producción de materiales, materias primas, o productos terminados, se sujetaran a una tasa fluctuante del 2% al 22% según el caso y rubro de la actividad prestada.

jueves, 26 de agosto de 2010

CUESTION 1

PARA LOS ALUMNOS DE 5° G

Un individuo vende una automovil, el nuevo dueño choca contra otro automovil, provocando la muerte del otro chofer y de su acompañante.
¿Cómo procede la autoridad? ¿Quien está en la cuestion de derecho y quien en obligaciones?

miércoles, 25 de agosto de 2010

DEBATE 1

PARA LOS ALUMNOS DE 5° "F"

Es una realidad que los gobiernos actuales han tratado de crear muchos "satisfactores" políticos al brindar nuevos derechos a los ciudadanos.
Esto ha provocado una serie de debates y ataques con varios sectores de la sociedad (empresarios, Iglesia, comerciantes, etc...)
¿Consideran que esas medidas de otorgar derechos ú obligaciones esta justificada? ¿Con ello el Estado (Gobierno) cumple con sus fuciones como tal? ¿Por qué?

martes, 24 de agosto de 2010

TEMA 1

Para los alumnos de 5° "I"

Dentro de la reciprocidad del derecho vs obligación, ¿consideras que la relación del Estado con la ciudadanía es equilibrada? ¿Consideras la necesidad de que exista una obligación o ún derecho más?

UNIDAD 1. NOCIONES DE DERECHO FISCAL


La obligación fiscal surge desde el nacimiento de la relación Estado-Pueblo, gobernante y gobernados. Al crearse la estructura de poder en la sociedad se crea también la relación obligación-derecho tanto de la parte gobernada como de los gobernantes.


1.1. DERECHO
La palabra derecho proviene del vocablo latino "directum" que significa en su primer origen, "lo que es bien dirigido" o "lo que no se aparta del buen camino". El Derecho es el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en postulados de justicia, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter. En otras palabras, es el conjunto de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos interpersonales .
En términos de ley, un derecho es aquello que se “puede exigir a la autoridad para satisfacer una necesidad”. Un individuo (persona física) o un grupo de personas (persona moral) tienen derechos que el Estado está obligado a cumplir. Estas exigencias (en lo particular y en lo general) son basadas en el sentimiento de bienestar. Los derechos de los ciudadanos son:
• Seguridad social (IMSS, ISSSTE, INFONAVIT, .…)
• Obra pública (luz, pavimentación, drenaje)
• Seguridad pública (vigilancia, policía, …)
• Esparcimiento y recreación (parques, ferias, hoteles,…)


Clasificación del Derecho.
Derecho Objetivo.- es el conjunto de normas jurídicas que forman la maquinaria jurídica, el conjunto de preceptos del derecho la norma jurídica que constituyen los códigos.
Derecho Subjetivo.-es la prerrogativa, el poder o la facultad con que cuenta una persona para reclamar el cumplimiento de las normas jurídicas y que considera le favorecen y tutelan. El objetivo es la norma que da la facultad y el subjetivo la facultad reconocida por la norma.
Derecho Interno.- conjunto de normas jurídicas que rigen los actos de los individuos cuando s realizan dentro del territorio nacional o del estado.
Derecho Externo.- conjunto de normas jurídicas que rigen las relaciones de México con otros estados.
Derecho Público.- conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones del estado, como ente soberano, con los ciudadanos o con otros estados.
Derecho Privado.- Conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones de los particulares entre sí.
Derecho Vigente.- Conjunto de normas jurídicas que en un lugar y tiempo determinado el estado impone como obligatorias. Es aquel que no ha sido derogado ni abrogado.
Derecho Positivo.- Es el conjunto de normas que se aplican efectivamente en un tiempo y lugar determinado.
Derecho Natural.- es el conjunto de normas y principios deducidas por la razón humana, anteriores y superiores a las normas del derecho positivo.// sistema de normas principios e instituciones que congregan los valores permanentes, inmutables y eternos inspirados en la naturaleza humana.



1.2. OBLIGACIÓN
Dentro de la normatividad legal, una obligación surge entre el Estado en las distintas expresiones del poder público y los sujetos pasivos ó gobernados en cuanto ocurra e presupuesto de hecho imponible. Una obligación constituye un vínculo de carácter personal ó colectivo, aunque se asegure mediante una garantía real ó con privilegios especiales previstos en la ley.
Dentro la obligación, se encuentra la concepción tributaria, que se diferencia de la civil, ya que es imperativa e impuesta por la potestad unilateralmente por el Estado sin que se medie el consentimiento o voluntad de una de las partes. La obligación fiscal es emitida por el poder ejecutivo, el poder legislativo se convierte en cámara revisora (senadores) y cámara emisora (diputados) y promulgarán las leyes fiscales.
Sujetos de Obligación Fiscal
Son los individuos (ya sea persona física o moral) que reúnen los requisitos de la ley, y que sujetan a la relación tributaria; es decir, cuando la ley establece quienes están obligados al pago de impuestos, dichos individuos son los sujetos del impuesto, que se pueden clasificar en:


a) Sujeto Activo de la Obligación Tributaria:
Figura que asume la posición acreedora de la obligación tributaria y a quien le corresponde el derecho de exigir el pago del tributo debido. La figura del sujeto activo recae normalmente sobre el Estado sin embargo, la ley puede atribuir la calidad de sujeto activo a otros entes u organismos públicos tales como los ayuntamientos; sólo la ley puede designar el sujeto activo de la obligación tributaria.


b) Sujeto Pasivo de la Obligación Tributaria.
La condición sujeto pasivo puede recaer en general en todas las personas naturales y jurídicas o entes a los cuales el derecho tributario le atribuya la calidad de sujeto de derechos y obligaciones, de acuerdo a nuestro análisis la capacidad tributaria de las personas naturales es independiente de su capacidad civil y de las limitaciones de éste.
Persona Física y Persona Moral



Siguiendo con los sujetos de la obligación fiscal, los grandes rubros o clasificaciones de los individuos de la situación tributaria son las Personas Morales y las Personas Físicas.



PESONA FISICA:- Es el ser humano, hombre o mujer. El derecho moderno no admite la posibilidad de la existencia de una persona que carezca de la capacidad jurídica en abstracto. Las personas físicas o seres humanos, tienen los siguientes atributos:- Capacidad, Estado Civil, Patrimonio, Nombres, Domicilio, Nacionalidad, los atributos mencionados son constantes y necesarios en toda persona física. La personalidad jurídica se adquiere por el nacimiento y se extingue con la muerte, pero desde el momento en que un ser humano es concebido entra bajo la protección de la ley Art.l8 Código Civil..
Las cualidades o propiedades de un ser constituyen sus atributos ya mencionados en el párrafo anterior como atributos de la personalidad individual se señalan los siguientes.
• Nombre. Signo que distingue a una persona de las demás relaciones jurídicas sociales, compuesto por el nombre(s) propio y apellidos.
• Domicilio. Es el lugar en que reside la persona con el propósito de establecerse en él, y completa la identificación de la persona. El domicilio pude ser voluntario y legal .
• El estado. Alude generalmente a la calificación civil del individuo, según las figuras jurídicas de la ley (familia, nacionalidad, laboral).
• Patrimonio. Es el conjunto de bienes y riquezas que corresponden a una persona o familia, reglamentado por el artículo 633 del Código Civil.



PERSONA MORAL. Podemos decir que son todas aquellas entidades formadas para la realización de los fines colectivos y permanentes de los hombres, a las que el derecho reconoce capacidades para tener derechos y obligaciones. El fundamento de las personas morales se encuentra en la necesidad de su creación para el cumplimiento de fines y actividades grupales.
Son personas morales la Federación, los Estados, los Municipios y las demás instituciones de carácter público reconocidas legalmente, las sociedades civiles y mercantiles, los sindicatos, las asociaciones profesionales, las sociedades cooperativas, las asociaciones, fundaciones temporales o perpetuas constituidas para algún fin o por algún motivo de utilidad pública o particular. También todas aquellas que se propongan fines políticos, científicos, artísticos, de recreo o cualquier otro acto lícito (Art. 22 Frac. I.II. III, IV, V y VI del Código Civil).
Las personas morales tienen los mismos atributos que las personas físicas:
• Nombre. Denominación o razón social que específica su actividad (SA, SRL, SCS, SCA,…)
• Nacionalidad. Se obtiene mediante el establecimiento del domicilio legal (sede de la oficina Principal o Gerencia).
• Patrimonio. Basado en las propiedades, bienes inmuebles (activos fijos), ingresos y capitales.

miércoles, 18 de agosto de 2010

BIENVENIDOS ALUMNOS DE 5° SEMESTRE

Sean bienvenidos alumnos de 5° F, G, H e I.
Este espacio esta diseñado para realizar algunas actividades interactivas para el semestre 2010-II (agosto 10 - enero 11).
Para los alumnos de los grupos F, H, e I se tomarán temas de CALCULO DE CONTRIBUCIONES DE PERSONAS MORALES. El temario es el siguiente:
UNIDAD I. NORMATIVIDAD LEGAL
A) Ley de Origen
B) Ley Específica
C) Ley Particular
UNIDAD II. ISR E IVA
A) ISR (pago anual y provisional)
B) IVA (pago anual y provisional)
UNIDAD III. OTROS IMPUESTOS
A) IETU (pago anual, provisional y acreditamiento al ISR)
B) IDE (pagos y acreditamiento al ISR)
C) IEPS
Para los alumnos del grupo G se impartira la materia de CALCULO DE CONTRIBUCIONES DE PERSONAS FISICAS. El temario es el siguiente:
UNIDAD I. NORMATIVIDAD
A) Constitución Política y LIF
B) Personalidad jurídica y leyes fiscales (LIF, CFF)
C) Impuestos de personas físicas
UNIDAD II. ISR
A) PF servicio profesional
B) PF subordinado por salarios
C) PF actividad empresarial
UNIDAD III. IVA
A) Acreditamiento del IVA
B) IVA para PF con actividad empresarial
UNIDAD IV. OTROS IMPUESTOS
A) IETU
B) IDE
Para todos los grupos se prepará una practica final del semestre (previa negociación) y posteriomente se publicará en este espacio los mecanismos de evaluación.
¡Suerte!
MCP José M. Tinoco Reyes - Profesor