CALIFICACIONES DEL PRIMER PARCIAL DE CONTRIBUCIONES DE PERSONAS MORALES.
viernes, 28 de septiembre de 2012
miércoles, 26 de septiembre de 2012
lunes, 24 de septiembre de 2012
UNIDAD 1
NOCIONES DE DERECHO
FISCAL
La
obligación fiscal surge desde el nacimiento de la relación Estado-Pueblo,
gobernante y gobernados, surge (según los estudiosos) al crearse las bases de
la sociedad moderna[1].
Al crearse la estructura de poder en la sociedad se crea también la relación obligación-derecho tanto de la parte
gobernada como de los gobernantes. En esta relación, se concibe la naturaleza
del Gobierno, de su responsabilidad y autoridad como figura reguladora y
controladora de la sociedad, pero a su vez, surgen los derechos y obligaciones
de los individuos que esperan que dichos derechos y obligaciones sean
respetados por el Estado. Con el nacimiento del Estado y del Pueblo, surgirán paso
a paso, las garantías individuales, la democracia, y demás características de
la sociedad moderna.
Es importante señalar, que sin la relación Estado-Pueblo,
ninguna de las partes puede existir, sin el Estado no puede ley ó estructura
que regule los satisfactores de necesidades y procure la impartición de la ley;
mientras que sin el pueblo, no puede darse la elección y sustento del Estado.
I.1.DERECHO
La palabra derecho proviene del vocablo latino "directum"[2] que significa en su
primer origen, "lo que es bien dirigido" o "lo que no se aparta
del buen camino". El Derecho es el orden normativo
e institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en postulados de justicia, cuya
base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y
carácter. En otras palabras, es el conjunto de normas
que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos interpersonales.
En términos de ley, un derecho es aquello que se “puede
exigir a la autoridad para satisfacer una necesidad”. Un individuo (persona
física) o un grupo de personas (persona moral) tienen derechos que el Estado
está obligado a cumplir. Estas exigencias (en lo particular y en lo general)
son basadas en el sentimiento de bienestar, y en ese sentido, los derechos de
los ciudadanos son:
ESTADO
|
|||
BIENESTAR SOCIAL
|
|||
Seguridad Social
|
Obra Pública
|
Seguridad Pública
|
Esparcimiento y Recreación
|
IMSS
ISSSTE
INFONAVIT
FOVISSSTE
AFORE
|
Luz eléctrica
Pavimentación
Carreteras
Aeropuertos
Puertos
|
Municipal
Estatal
Federal
|
Parques
Hoteles
Centrosturísticos
|
·
Derecho
Objetivo.- es el conjunto de normas
jurídicas que forman la maquinaria jurídica, el conjunto de preceptos del
derecho la norma jurídica que constituyen los códigos.
·
Derecho
Subjetivo.-es
la prerrogativa, el poder o la facultad con que cuenta una persona para reclamar el cumplimiento
de las normas jurídicas y que considera le favorecen y tutelan. El objetivo es
la norma que da la facultad y el subjetivo la facultad reconocida por la norma.
·
Derecho
Interno.-
conjunto de normas jurídicas que rigen los actos de los individuos cuando s
realizan dentro del territorio nacional o del estado.
·
Derecho
Externo.-
conjunto de normas jurídicas que rigen las relaciones de México con otros estados.
·
Derecho
Público.-
conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones del estado, como ente
soberano, con los ciudadanos o con otros estados.
·
Derecho
Privado.-
Conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones de los particulares
entre sí.
·
Derecho
Vigente.-
Conjunto de normas jurídicas que en un lugar y tiempo determinado el estado impone como obligatorias. Es
aquel que no ha sido derogado ni abrogado.
·
Derecho
Positivo.-
Es el conjunto de normas que se aplican efectivamente en un tiempo y lugar
determinado.
·
Derecho
Natural.-
es el conjunto de normas y principios deducidas por la razón humana, anteriores
y superiores a las normas del derecho positivo.// sistema de normas principios
e instituciones que congregan los valores permanentes, inmutables y
eternos inspirados en la naturaleza humana.
1.2. OBLIGACIÓN
Una obligación
constituye un vínculo de carácter personal ó colectivo, aunque se asegure
mediante una garantía real ó con privilegios especiales previstos en la ley. Dentro
la obligación, se encuentra la concepción tributaria, que se diferencia de la
civil, ya que es imperativa e impuesta por la potestad unilateralmente por el
Estado sin que se medie el consentimiento o voluntad de una de las partes.
La obligación fiscal es emitida por el poder ejecutivo, el
poder legislativo se convierte en cámara revisora (senadores) y cámara emisora
(diputados) y promulgarán las leyes fiscales.
Son los individuos (ya
sea persona física o moral) que reúnen los requisitos de la ley, y que sujetan
a la relación tributaria; es decir, cuando la ley establece quienes están
obligados al pago de impuestos, dichos individuos son los sujetos del impuesto,
que se pueden clasificar en:
·
Sujeto
Activo de la Obligación Tributaria: Figura que asume la posición acreedora de la obligación
tributaria y a quien le corresponde el derecho de exigir el pago del tributo
debido. La figura del sujeto activo recae normalmente sobre el Estado sin
embargo, la ley puede atribuir la calidad de sujeto activo a otros entes u
organismos públicos tales como los ayuntamientos; sólo la ley puede designar el
sujeto activo de la obligación tributaria.
·
Sujeto
Pasivo de la Obligación Tributaria. La condición sujeto pasivo puede recaer en general en todas
las personas naturales y jurídicas o entes a los cuales el derecho tributario
le atribuya la calidad de sujeto de derechos y obligaciones, de acuerdo a
nuestro análisis la capacidad tributaria de las personas naturales es independiente
de su capacidad civil y de las limitaciones de éste.
I.2.2. Persona Física y
Persona Moral
Siguiendo con los
sujetos de la obligación fiscal, los grandes rubros o clasificaciones de los
individuos de la situación tributaria son las Personas Morales y las Personas
Físicas.
Persona Física. Es el ser humano, hombre o mujer. El derecho moderno no
admite la posibilidad de la existencia de una persona que carezca de la
capacidad jurídica en abstracto. Las personas físicas o seres humanos, tienen
los siguientes atributos:- Capacidad, Estado Civil, Patrimonio, Nombres,
Domicilio, Nacionalidad, los atributos mencionados son constantes y necesarios
en toda persona física. La personalidad jurídica se adquiere por el nacimiento
y se extingue con la muerte, pero desde el momento en que un ser humano es
concebido entra bajo la protección de la ley Art.l8 Código Civil.
Las cualidades o
propiedades de un ser constituyen sus atributos ya mencionados en el párrafo
anterior como atributos de la personalidad individual se señalan los
siguientes:
·
Nombre. Signo que distingue a una
persona de las demás relaciones jurídicas sociales, compuesto por el nombre(s)
propio y apellidos.
·
Domicilio. Es el lugar en que reside la
persona con el propósito de establecerse en él, y completa la identificación de
la persona. El domicilio pude ser voluntario[3] y
legal[4].
·
El estado. Alude generalmente a la
calificación civil del individuo, según las figuras jurídicas de la ley
(familia, nacionalidad, laboral).
·
Patrimonio. Es el conjunto de bienes y
riquezas que corresponden a una persona o familia, reglamentado por el artículo
633 del Código Civil.
Persona Moral. Podemos decir que son todas aquellas entidades formadas
para la realización de los fines colectivos y permanentes de los hombres, a las
que el derecho reconoce capacidades para tener derechos y obligaciones. El
fundamento de las personas morales se encuentra en la necesidad de su creación
para el cumplimiento de fines y actividades grupales.
Son
personas morales la Federación, los Estados, los Municipios y las demás
instituciones de carácter público reconocidas legalmente, las sociedades
civiles y mercantiles, los sindicatos, las asociaciones profesionales, las
sociedades cooperativas, las asociaciones, fundaciones temporales o perpetuas constituidas para algún fin o por
algún motivo de utilidad pública o particular. También todas aquellas que se
propongan fines políticos, científicos, artísticos, de recreo o cualquier otro
acto lícito (Art. 22 Frac. I.II. III, IV, V y VI del Código Civil).Las personas
morales tienen los mismos atributos que las personas físicas:
·
Nombre. Denominación o razón social que
específica su actividad (SA, SRL, SCS, SCA,…)
·
Nacionalidad. Se obtiene mediante el
establecimiento del domicilio legal (sede de la oficina Principal o Gerencia).
·
Patrimonio. Basado en las propiedades,
bienes inmuebles (activos fijos), ingresos y capitales.
[1] Considerado por
muchos, con la creación del Estado en base a la república Romana, perfeccionada
por la revolución francesa del siglo XVIII
[2]
http://www.monografias.com/trabajos22/derecho/derecho.shtml
[3] Es aquel que la
persona elige y puede cambiar su ubicación a su arbitrio.
[4] Es el domicilio
de una persona donde la ley fija su residencia para ejercicio de sus derechos y
el cumplimiento de sus obligaciones, aunque no esté allí presente.
1.3. Estructura Legal
La estructura legal de
la obligación fiscal se basa en varios principios. Uno de ellos el principio de
reciprocidad de la ley: “Al cumplir con una obligación, el individuo puede
ejercer un derecho”. El individuo que se encuentre sujeto a una obligación
legal por parte del Estado, está en posición de solicitar al mismo Estado que
se le otorgue un derecho. El Estado por su parte propone y aplica mecanismos
que le son fuente de ingresos para otorgar a la población gobernada recursos
para satisfacer sus necesidades. El individuo sujeto a la obligación de cumplir
con el Estado, está en su derecho de exigir al gobierno cumplir con su entrega
de bienes y servicios que facilitan la vida del contribuyente como puede ser
luz pública, seguridad, mantenimiento de vías públicas, educación, transporte
público, salud. Lo que es importante detallar, es que, la estructura de la
obligación fiscal se encuentra divida de la siguiente forma:
En la defensa legal, es importante recordar el principio “lo específico complementa a lo general, y lo
particular deroga a lo específico”.
I.3.1. Ley de
Origen
Es la que da nacimiento
a la obligación fiscal. En este caso es la Constitución
Políticade los Estados Unidos Mexicanos en los siguientes artículos:
Título I,
Capítulo I. Garantías Individuales
·
Art. 5. A ninguna
persona podrá impedírsele que se dedique a la profesión, industria, comercio o
trabajo que le acomode, siendo lícitos. Nadie puede ser privado del producto de
su trabajo, sino por resolución judicial.
·
Art. 9. No se podrá
coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto
lícito, pero solo podrán serlo los individuos que cumplan con lo dispuesto en
el artículo 30 constitucional en los incisos A y B.
·
Art. 14. A ninguna ley
se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna. Nadie puede ser
privado de l vida, de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos,
sino mediante juicio ante tribunales previamente establecidos.
·
Art. 25. Corresponde al
Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea
integral, que fortalezca la soberanía de la nación y su régimen democrático y
que, mediante el fortalecimiento económico y el empleo y una más justa
distribución del ingreso y de la riqueza, permita el pleno ejercicio de la
libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales.
·
Art.28. En los
Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las prácticas
monopólicas, los estancos y las exenciones de impuestos en los términos y
condiciones que fijan las leyes.
·
Art. 30. (Frac. I) Son mexicanos por
nacimiento aquellos que nazcan en territorio de la República, sea cual sea la
nacionalidad de sus padres; los que nazcan en el extranjero siendo hijos de
padres mexicanos de nacimiento o naturalización; los que nazcan en
embarcaciones o aeronaves mexicanas (de guerra o mercantes). (Frac. II) Son
mexicanos por naturalización los que obtengan dicha naturalización por parte de
la Secretaria de Relaciones Exteriores, el hombre o mujer que contraiga
matrimonio con un varón o mujer mexicano(a) por nacimiento en disposición de
las leyes.
·
Art. 31. Son obligaciones de los mexicanos
(frac. I) hacer que sus hijos o pupilos concurran a escuelas públicas o
privadas para recibir educación primaria y secundaria y el servicio militar
como o dispongan las leyes; (frac. II) acudir en tiempo y forma a recibir
instrucción cívica y militar; (frac. III) alistarse y servir e la Guardia
Nacional para asegurar y defender la independencia, el territorio, el honor,
los derechos e intereses de la patria cuando la tranquilidad se vea amenazada
por fuerzas extranjeras; (frac. IV) contribuir con los gastos públicos, así de
la federación, como del Distrito Federal o del Estado y/o municipio en que
residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.
I.3.2. Ley
Específica
Por su parte,
complementa al origen, al señalar cuáles son las maneras de contribuir con el
Estado. La ley específica es la Ley de
Ingresos de la federación, y el Código
Fiscal de la Federación. La LIF quien en su Capítulo primer, Sección A en
el Artículo 1 señala los ingresos del estado:
Art. 1. LIF. Son ingresos de la Federación:
a)
Los impuestos vigentes durante el ejercicio 2009 según lo
dispongan sus propias leyes, el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Impuesto
Sobre la Renta (ISR), el Impuesto Especial a Tasa Única (IETU), Impuesto al
Activo (IA), Impuesto a Depósitos Electrónicos (IDE), y aquellos que deriven de
una enajenación o disfruten un goce temporal de una enajenación.
b)
Aquellos que
provengan de las ganancias de las industrias nacionales: Petróleos Mexicanos
(PEMEX), Comisión Federal de Electricidad (CFE), Luz y Fuerza del Centro
(LyFC), Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), El Instituto de Seguridad
y Servicios Sociales para Trabajadores del Estado (ISSSTE) aportaciones al
Instituto Nacional del Fomento de la Vivienda de los Trabajadores (INFONAVIT)
c)
Financiamientos derivados de endeudamiento interno o externo.
Artículo 4o. En el ejercicio fiscal de
2012, la Federación percibirá los ingresos por proyectos de infraestructura
productiva de largo plazo de inversión financiada directa y condicionada de la
Comisión Federal de Electricidad por un total de 147,834.4 millones de pesos,
de los cuales 67,405.5 millones de pesos corresponden a inversión directa y
80,428.9 millones de pesos a inversión condicionada.
Artículo 8o. En los casos de prórroga
para el pago de créditos fiscales se causarán recargos:
I. Al
0.75 por ciento mensual sobre los saldos insolutos.
II. Cuando
de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, se autorice el pago a
plazos, se aplicará la tasa de recargos que a continuación se establece, sobre
los saldos y durante el periodo de que se trate:
a.
Tratándose de pagos a
plazos en parcialidades de hasta 12 meses, la tasa de recargos será del 1 por
ciento mensual.
b.
Tratándose de pagos a
plazos en parcialidades de más de 12 meses y hasta de 24 meses, la tasa de
recargos será de un mínimo de 1.13 hasta un máximo de 1.25 por ciento mensual.
c.
Tratándose de pagos a
plazos en parcialidades superiores a 24 meses, así como tratándose de pagos a
plazo diferido, la tasa de recargos será de 1.5 por ciento mensual. Las tasas
de recargos establecidas en la fracción II de este artículo incluyen la
actualización.
El Código Fiscal de la
Federación
es considerado como la Ley de Causa,
dentro de la ley Específica, ya que establece las definiciones, alcances y
requisitos a los que debe sujetarse el contribuyente en la obligación fiscal.
Las demás leyes de los impuestos son considerados como Ley de efecto ya que
muestran las tasas de los impuestos, supuestos, excepciones y reglamentos de
los mismos.
El código
fiscal de la federación nace en 1979 en la presidencia de José López portillo y
rige la normatividad fiscal de las leyes particulares, estableciendo las
facultades, requisitos y limitaciones de la obligación fiscal de los
contribuyentes y de las autoridades fiscales.
·
Artículo 1. Las personas
físicas y las morales están obligadas a contribuir para los gastos públicos
conforme a las leyes fiscales respectivas. Establece quienes son sujetos del
impuesto[1] en
base a los requerimientos de las leyes en su caso.
·
Artículo 2. Las
contribuciones se clasifican en impuestos[2],
aportaciones de seguridad social[3],
contribuciones de mejoras[4] y
derechos[5].
·
Artículo 6. Las
contribuciones se causan conforme se realizan las situaciones jurídicas o de
hecho, previstas en las leyes fiscales vigentes durante un lapso en que
ocurran. El contribuyente podrá pagar s contribución a más tardar el día 17 del
mes inmediato siguiente al momento de su causación (se conoce como pagó
provisional), o presentar su contribución anual a más tardar el último día del
tercer mes del año inmediato siguiente de cuando se causo el impuesto (para PM,
para PF es en el cuarto mes).
·
Artículo11. El ejercicio
fiscal se considera a partir del día primero de enero y finaliza el día 31 del
mes de diciembre, y se considera ejercicio completo. En caso de que se inicien
o finalicen operaciones antes del mes de diciembre, se considera ejercicio
incompleto, y podrá acreditar (en su caso) la contribución para fechas
posteriores.
·
Artículo 14. Para el CFF (y
por ende las leyes de efecto) la enajenación de bienes corresponde a todas las
adjudicaciones a favor de un acreedor, la trasmisión de una propiedad,
aportaciones a una sociedad, los fideicomisos, en suma toda actividad en que se
otorgue un bien de manera total por compra – venta o su uso temporal – parcial
conocido como renta.
Lo referente al capítulo II del código de los artículos 19
al 29, se puede comprender las disposiciones de llevar contabilidad, fechas de
presentar pagos, requisitos generales, y reglas del índice nacional de precios
al consumidor.
1.3.3. Ley
Particular
Es
aquella que señala cuales son los impuestos que según con la ley general y la
ley específica deben ser enterados por los contribuyentes. El ISR, IDE, IETU
IVA, IA, etc. La ley particular rige las actividades grabadas por los sujetos
del impuesto, clasificando dichas actividades en diferentes gravámenes, y en
diferentes condiciones de pago y declaración. La ley particular no es
considerada una ley “Primaria”. Dentro de la defensa fiscal el principio “Lo
general deroga a lo particular, pero lo particular deroga lo específico” da una
clara concepción de que la única ley capaz de hacer a un lado la ley particular
es la Constitución, mientas la ley particular puede derogar a la ley
específica. La ley particular se clasifica de la siguiente manera:
A)
Ley
del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y su reglamento. Grava las actividades que
generan riqueza.
B)
Ley
del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y su reglamento. Grava las actividades de
enajenación de bienes y dinero.
C)
Ley
del Impuesto Especial a Tasa Única (IETU) y su reglamento. Grava las
actividades extra que generan riqueza sin depender del giro de la empresa.
D)
Ley
del Impuesto a Depósitos en Efectivo (IDE) y su reglamento. Grava las
actividades del dinero en efectivo.
E)
Ley
del Impuesto Especial a los Productos y Servicios (IEPS). Grava las actividades
propias de los prestadores de bienes y servicios.
Impuesto
Sobre la Renta
El ISR nace en 1970 bajo
la presidencia de Luís Echeverría Álvarez (1970-1976), anteriormente era
conocido como el impuesto a la actividad económica de las empresas. A partir de
su creación, su función es gravar la generación de riqueza que se origina en cualquiera
de los supuestos que establezca la ley.
EL ISR se
divide en Disposiciones Generales (Titulo I), Personas Morales (Titulo II),
Régimen de Personas Morales con Fines no Lucrativos (Título III), Personas
Físicas (Título IV), Residentes en el Extranjero con Ingresos Provenientes de
Fuentes en Territorio Nacional (Titulo V), Regímenes Fiscales Preferentes y de
las Empresas Multinacionales (Titulo VI) y Estímulos Fiscales (Titulo VII).
·
Artículo 1. Menciona los
sujetos del impuesto y lo que son las fuentes de riqueza. Los sujetos del
impuesto son los residentes en México, residentes en el extranjero con
establecimiento parmente y residentes del extranjero[6].
·
Artículo 10. Referente a
las disposiciones generales para las personas morales, estos deberán calcular
el impuesto sobre la renta en una tasa del 30%[7],
determinando un resultado fiscal[8] y
dicho impuesto deberá pagarse mediante declaración que se presenta en oficinas
del SAT o bancos autorizados, dentro de los tres meses siguientes al término
del año fiscal.
·
Artículo 14. Los
contribuyentes tienen derechos a efectuar pagos previsionales del ISR, es
decir, pagar el impuesto generado en ciertos periodos de tiempo. El
contribuyente puede pagar su impuesto de manera mensual, semestral, bimestral,
trimestral y no presentar la declaración anual, sino una notificación (o
declaración informativa) a la SHCP y al SAT de que efectuó dichos pagos y no
presentar declaración anual. También deberán calcular el coeficiente de
utilidad que les permitirá obtener la utilidad fiscal en base a los INPC que
publica el gobierno mediante el diario oficial de la federación.
·
Artículo 16. Este artículo
señala como deben los patrones calcular la Participación de los Trabajadores en
las Utilidades (PTU). Establece que deberán obtener los ingresos acumulables de
la suma de los ingresos.
Referente al capítulo
uno que comprende del artículo 17 al 28 comprende los conceptos de ingresos.
Que son los ingresos acumulables, como se obtienen los ingresos, como
determinar la ganancia por enajenación,
ganancia acumulable, por acciones, y traslación del impuesto.
IMPUESTO SOBRE
LA RENTA
|
Persona Física
|
Riqueza generada por actividad
laboral
|
Riqueza generada por actividad
comercial
|
||
Persona Moral
|
Riqueza generada por el giro de la empresa
|
Impuesto al
Valor Agregado
Este impuesto igualmente
nace en 1977, con motivo de la crisis económica de México heredada del sexenio
anterior, el presidente López Portillo, aplico este impuesto con la finalidad
de gravar todas las actividades que estuvieren relacionadas con la enajenación
y prestación de servicios subordinado profesional, para con ello obtener mayor
ingreso sin la necesidad de aumentar la base tributaria[9].
Después del ISR, el IVA es uno de los impuestos más importantes del país, y es
semejante a muchos en otros países (como el llamado TAX[10]
de E.U.) Este impuesto es un gravamen al consumo, es decir, quien lo causa y lo
paga es el consumidor final de bienes y servicios gravados por el impuesto.
·
Artículo 1. Están obligados al pago del IVA las
personas físicas y morales que en territorio nacional tengan actos actividades
gravables como la prestación de servicios, otorguen el uso o goce temporal de
bienes o servicios, e importen dichos bienes o servicios, y serán sujetos a la
tasa del 16%, el cual podrán acreditar, trasladar incluso compensar al
presentar la declaración anual.
·
Artículo 2. Se aplicará la
tasa del 11% del IVA a todos los actos gravados que se realicen en la frontera.
Tratándose de importaciones se aplicará la tasa siempre y cuando los bienes o
servicios sean enajenados. La tasa del 0% (ver artículo 2-A) se aplacará a las
enajenaciones de animales y vegetales no industrializados (vivos), medicinas de
patentes y productos destinados a la alimentación, bebidas distintas a la leche
(jugos y concentrados), jarabes, caviar, salmón ahumado, angulas, saborizantes,
hielo y agua.
·
Artículo 4. El acreditamiento consiste en restar
el impuesto acreditable, de la cantidad que resulte de aplicar a los valores
señalados en esta ley la tasa que corresponda según sea el caso. Para efectos
de lo anterior, el impuesto acreditable del IVA que haya sido trasladado al
contribuyente y el propio impuesto tanto en importación de bienes y servicios.
Para el CFF (y por ende
las leyes de efecto) la enajenación de bienes corresponde a todas las
adjudicaciones a favor de un acreedor, la trasmisión de una propiedad,
aportaciones a una sociedad, los fideicomisos, en suma toda actividad en que se
otorgue un bien de manera total por compra – venta o su uso temporal – parcial
conocido como renta.
Impuesto Especial a Tasa Única
El impuesto especial a tasa única (IETU) nace como medida
complementaria al ISR. Grava igualmente la riqueza generada del giro de una
empresa, la razón, ya que en ISR existe la capacidad de deducir el impuesto
hasta lograr que Hacienda devuelva dinero, el IETU gravará las mismas
cantidades pero no existirán las mismas deducciones, por lo que si se podría
pagar este impuesto.
·
Artículo 1[11]. Las personas
físicas y morales, residentes en extranjero, o con establecimiento permanente
en el país son objetos del impuesto a tasa única si: Enajenan bienes, Presten
servicios profesionales independientes, Otorguen uso o goce temporal de bienes.
La tasa del impuesto será del 16.5% para el año 2008, del 17% para el 2009 y
17.5% para el 2010, tasa que permanecerá fija los siguientes 5 años para su
siguiente incremento.
·
Artículo 2. Se consideran ingresos gravados
aquellos considerados como anticipos ó depósitos ó bonificaciones, las
cantidades que perciban de instituciones de seguros, aquellas cantidades o
ingresos que formen parte del sistema financiero, los bienes, los servicios,
los pagos en especie.
·
Artículo 4. Los ingresos que no pagarán impuesto
son aquellas percibidas por le federación, las entidades federativas, aquellos
que estén exentas del ISR (partidos, asociaciones, sindicatos, sociedades
civiles, fondos de pensiones de jubilados, enajenaciones por parte de
organismos sociales, etc.)
·
Artículo 5. Son deducciones para el IETU las
erogaciones que correspondan a la adquisición de bienes, las contribuciones a
cargo del contribuyente, los descuentos o bonificaciones, las indemnizaciones
por daños y perjuicios, pagos a instituciones de seguros, premios, donativos,
pérdidas por documentos incobrables, pérdidas por inversiones.
Impuesto a Depósitos en Efectivo
Este impuesto creado y
aprobado a mediados del 2008 tiene como finalidad detectar el comercio
informal. Este impuesto grava principalmente los depósitos de dinero en cuentas
bancarias que no sean del giro de la empresa o del sueldo del trabajador. Dicho
impuesto es retenido por el banco, lo cual hace su pago inmediato, las
constancias las expedirá el banco correspondiente a través de los estados de
cuenta, por lo que el IDE contablemente siempre estará cargado, con la
posibilidad de disminuir el ISR.
·
Artículo 1. Están
obligadas al pago del IEDE las personas físicas y morales residentes en el país
o con establecimiento permanente que realicen depósitos en efectivo.
·
Artículo 2. No están
obligados al pago del impuesto la federación, las entidades federativas y
municipios, las personas con fines lucrativos, los depósitos que no excedan de
$25,000.00 (veinte y cinco mil pesos 00/100 M.N.) en un mes; instituciones del
sistema financiero, los salarios o remuneraciones del personal, y los créditos
otorgados.
·
Artículo 3. La tasa del
impuesto será del 2% y se aplicará al excedente del monto total señalado en el
artículo 2.
·
Artículo 4. Las
instituciones bancarias están obligadas a recaudar el IDE de los depositantes y
enterar al contribuyente la constancia necesaria. Enterar el impuesto a la SHCP
en los términos fiscales contribuyentes. Informar al SAT el importe del IDE de
cada contribuyente causante.
[1] Llámese ISR,
IVA, IETU, IDE, IMSS, etc.
[2] Contribuciones
establecidas en Ley que deben pagar las personas físicas y morales.
[3] Contribuciones
a cargo de personas que son sustituidas por el Estado en cumplimiento de
obligaciones fijadas por Ley.
[4] Contribuciones
a cargo de personas físicas y morales que se beneficien de manera directa por
obras públicas.
[5] Contribuciones
fijadas en ley por el uso o aprovechamiento de los bienes de dominio público de
la Nación.
[6] Ver artículos 2,
3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9
[7] Según ley
vigente, el ISR será del 30% en los años 2010, 2011 y 2012. Posteriormente será
la tasa del 28%
[8] Ver artículos 8,
12, 17 al 20, del 29 al 45 del ISR
[9] Tomando en
cuenta, que en 1976 ocurrió un despido de más de 5 millones de trabajadores,
por lo que ampliar la base era prácticamente imposible, y se opto por crear el
impuesto.
[10]Taxtothe Added Value
[11] Este artículo eventualmente se modifico en el 2011,
dejando la tasa al 17.5%
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